Al ser constituidas las administraciones portuarias integrales, el Congreso aprobó una ley que pone los limites, atribuciones y derechos a las APIS, solo es necesario leer la Ley de Puertos y lo que cause inquietudes, la cosa pasara a simple inquietud de ignorantes. Expone el Gobernador:
“El gobernador pidió que se esclarezcan los detalles de la concesión y que sean públicos los montos de la retribución que la APIVER tiene con los tres niveles de gobierno”
“En nombre del pueblo de Veracruz pido se aclare la retribución al gobierno, de los tres niveles, y sobre todo, el pago al estado por esa concesión que podría significar más facilidades y un menor pago por parte de las empresas que vengan a hacer negocio al puerto.”
Ni modo habla el Gobernador y habla en público que puede tratar de entender, pero si algún asesor de los muchos que debe tener, esos que manejan las cuestiones de ley, deberán revisar la Ley de Puertos, con mucho cuidado el capítulo V que se refiere a la Administración Portuaria Integral, las cosas mejorarán para el Gober y dejara de andar reclamando en asuntos en los que la ley le concede derechos para actuar en favor de sus gobernados, su Gobierno y dejar de mortificar respecto a la APIVER. Grave falta comete quien no conoce sus derechos y reclama sin sentido.
Debe el Gobernador leer o pedir a sus abogados que lean, pero que pongan mucha atención a lo que establecen los artículos 42 y 43 de dicha ley de puertos, no me da el espacio para reproducir todo el art. 42, pero baste su inicio, Dice: Para los puertos y terminales que cuenten con una administración Portuaria integral, el Gobierno de la entidad federativa correspondiente podrá constituir una Comisión Consultiva, formada con los representantes de los gobiernos estatal y municipales….sigue, La comisión será presidida por el representante de la entidad federativa que corresponda. Sic
El capítulo segundo del art. 43 de la misma ley de puertos, establece: “La omisión sesionara por lo menos una vez cada tres meses y las resoluciones se tomaran por mayoría de votos. Más claro ni el agua de lluvia, cuando llueve claro.
La ley de puertos es muy clara y marca con cuidado todas sus atribuciones, derechos y obligaciones, pero algún sabio legislador no quiso que se constituyera una entidad portuaria todopoderosa, le puso el control de una Comisión Consultiva, si esta no actúa es porque no le interesa el desarrollo portuario, valdría preguntar al Sr. Gobernador como le ha ido en las seis reuniones del Consejo Consultivo que debió haber convocado desde que tiene la facultad para hacerlo. según derechos que le concede la ley de puertos en su art. 42, si no ha hecho nada, por favor que se calle la boca, prohibido hablar de lo que se ignora, o actúa a la francesa Laissez faire laissez passer ¡AGUAS!
Agosto 22 del 2020 lmwolf1932@gmail.com Luis Martínez Wolf |
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