ENTRE LA titular del Poder Ejecutivo Federal, Claudia Sheinbaum y sus Senadores y diputados Federales aliados de la Cuarta Transformación, pareciera estarse incubando una confrontación con el tercer Poder del Estado no sometido, en este caso la Suprema Corte de Justicia de la Nación, un hecho que podría derivar en la intervención de Tribunales Internacionales. Y es que los primeros no solo se rehúsan a acatar las sentencias del Poder Judicial Federal, sino que, incluso, se burlan de estas, como lo hizo el ex Presidente Andrés Manuel López Obrador al publicar la reforma a esa instancia pese a las suspensiones emitidas, o ahora que el INE pretende organizar las elecciones de jueces, magistrados y ministros muy a pesar de que existen amparos que lo impiden. Y es que la Ley de Amparo establece para el delito de desacato a una sentencia penas de prisión, multas, inhabilitación o, incluso cárcel para quien no cumple con la orden judicial. No es secreto que la independencia judicial es un principio fundamental en cualquier sistema democrático, y que en México ese principio es reconocido y protegido por la Constitución y las leyes. Se trata de uno de los presupuestos esenciales para el funcionamiento del Poder Judicial, de tal suerte que constituye una garantía instaurada para impedir injerencias de los otros poderes en la resolución de los litigios sometidos a su conocimiento. En ese sentido, las y los jueces deben tener garantizadas ciertas condiciones mínimas que le permitan emitir sus resoluciones libremente, como son: la selección y el nombramiento; la inamovilidad y remuneración; la autonomía financiera y administrativa, entre otras. Aunque es sabido que estas garantías iniciales no siempre se cumplen en los países latinoamericanos, el desacato mina la independencia del Poder Judicial, y México no es la excepción, sobre todo a partir del arribo de la llamada Cuarta Transformación al poder.
AHORA BIEN, una nueva suspensión, que se suma a las sentencias ya emitidas, ha sido concedida por un juez Federal a Movimiento Ciudadano, mediante el cual se ordena suspender la Reforma Judicial en las 32 entidades. El amparo concedido detiene la implementación de la Reforma Judicial en todos los Estados del País, de tal manera que, ningún Congreso local podrá modificar su constitución ni despedir jueces o magistrados locales hasta que se resuelva el caso. El fallo representa un golpe importante a la Reforma Judicial, limitando temporalmente su alcance en todo el País. El comunicado emitido por Acción Nacional describe una suspensión provisional, la cual ordena que las autoridades no realicen cambios en las constituciones locales para ajustar a la reforma judicial en un plazo de 180 días. "Para que se impidan los efectos y consecuencias del decreto referido, esto es, para que las autoridades responsables se abstengan de atender el octavo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (...) se abstengan de realizar las adecuaciones a las constituciones locales para ajustar la reforma judicial dentro del plazo de ciento ochenta días naturales". Esto incluye la prohibición de la elección de jueces locales y la suspensión del proceso, en caso de haber sido realizado. La medida cautelar tiene efecto inmediato y no requiere garantía debido a la naturaleza del reclamo.
EL VIERNES, la flamante Presidenta Claudia Sheinbaum, respondió a ese y otros retos desde Veracruz, aduciendo que la decisión de ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de revisar la constitucionalidad de la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF), no tiene sustento y se adoptó más por criterios políticos que jurídicos (con respeto señora Presidenta pero, usted es científica o al menos así se presenta y no abogada), por lo que consideró los amparos y la revisión, como “un golpe aguado, no un golpe de Estado, porque, la verdad, ¿qué sustento tiene?”, se pregunta, al tiempo que critica la intención de los ministros que avalaron esa decisión: “¿qué pretendían? Pienso que, en primera, provocarnos para que les demos argumentos de decir: ‘¡ay, miren qué autoritarios son!’ No vamos a caer en ninguna provocación, en ninguna”. En este contexto, adelantó que su gobierno no promoverá acciones contra estos ministros, porque no somos un gobierno autoritario, sino democrático. Más aun, en respuesta a la decisión de la SCJN, enfatizó que “no vamos a caer en ninguna provocación, pero habrá elección de jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte, porque eso es lo que dice el 39 constitucional, es la decisión del pueblo de México”.
YA ENCARRILLADA (o engallada por el reciente poder que le confirieron), advierte que ocho ministros no van a detener la transformación del Poder Judicial de la Federación, “porque fue una decisión del pueblo” (aunque, en realidad fue un capricho de AMLO), aunque ella se justifica en la correlación de fuerzas en el Congreso que surgió de las elecciones que le otorgaron a su movimiento la mayoría calificada y, al contar con ella, se pudo reformar la Carta Magna en los términos en que dispone que deben realizarse, por lo que se avaló transformar el Poder Judicial. Tal vez ignora la Presidenta de México –porque no es, precisamente, una estudiosa del derecho, - que en última instancia la Corte Interamericana de Derechos Humanos podría emitir una resolución que eche abajo la Reforma, si la Suprema Corte de Justicia apela a ese tribunal, ya que las resoluciones pronunciadas por ese organismo internacional cuya jurisdicción ha sido aceptada por el estado mexicano, son obligatorias para todos los órganos de éste en sus respectivas competencias.
Y ES que el agotamiento de los recursos internos es un requisito de admisibilidad y la Comisión deberá tenerlo en cuenta en su momento y dar la oportunidad tanto al Estado como al reclamante de plantear sus respectivas excepciones sobre el particular. En ese sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) es la instancia internacional competente para conocer de demandas contra el Estado mexicano, ya que se trata de uno de los órganos del Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos, junto con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La CorteIDH considera asuntos de tipo administrativo y participa en los procesos de manera dinámica junto con las partes involucradas, y en ese tenor, ya ha emitido sentencias condenatorias contra el Estado mexicano. La CIDH es un órgano autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que se encarga de promover y proteger los derechos humanos en el continente americano, y la OEA fue creada por los Estados de América para lograr un orden de paz y justicia. Partiendo de lo anterior, no todo está perdido, pese al triunfalismo de un Congreso mayoritariamente sometido al Poder Ejecutivo Federal, y una SCJN huérfana por los afanes de la tiranía heredada. Así las cosas. OPINA carjesus30@hotmail.com
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