La gran dependencia de la Ley de Coordinación Fiscal: de la Federación, entidades federativas y municipios, hacen que cada día las finanzas públicas estén al limite de satisfacción de los requerimientos de la ciudadanía.
De la recaudación federal participable, los estados obtienen el 20 por ciento; de esta asignación a los municipios se le otorga un 20 porciento.
La proyección participable en el PEF para el año 2022, es de 3 billones 728 mil 987 millones de pesos, corresponde a las entidades federativas: 745 mil 974 millones de pesos, de ellos los muncipios tendra una asignacion 149 mil 159 millones de pesos que constituye el Fondo de Participaciones.
De acuerdo con la ley de coordinacion, se le adiciona lo señalado en la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, cuando habla de excedentes del petroleo o fondo de estabilizacion; tambien lo mejora tambien la eficiencia en el ingreso propio, se premia; mejorando su factor de asignacion para estados y muicipios .
Congruente a lo referido; en el año de 2020 la participacion programada para las entidades federativas fué de 950 mil 168 millones, de los cuales se pagaron 843 mil 825 millones; tuvo una minusvalia de 106 mil 337 millones de pesos.
Habrá que considerar que el año de referencia fué atípico, en la que todos nos vimos afectado por la pandemia del covid19.
Para Veracruz, la federación programo 53,248 millones de pesos, de los cuales pago 49,704 con un decremento de 3,544 millones, lo que represento (-) 6.7 por ciento.
En consecuencia los municipios de Veracruz tuvieron menos recursos; esto disminuye la calidad de los servicios.
Uno de los principales impuestos que pagan los ciudadanos, tan viejo como la humanidad y quizas el más representativo, es el que se entera por el ser propietario de un bien inmueble: el “ Impuesto Predial”.
Habrá que recordar el principio: “El estado es el propietario de todo terreno que esté en su circunscripcion” y que ha delegado este a sus ciudadanos.
En la edad media lo más preciado del hombre era poseer tierras, que este derecho le fuera reconocido por el rey o soberano, que tambien le diera la potestad de poder heredarlo a su descendencia; por esto pagaban impuesto o tributos a la corona.
Este principio ha seguido y se ha constituido en un impuesto pagado anualmente, que la Constitucion se lo reserva los municipios, bajo el postulado que es el ente público cercano a la gente y el que esta a cargo de los servicios públicos.
Pero como lo cite; los ingresos propios son cada dia más insuficientes, ahora tenemos que agregarle el incumplimiento de las metas de recaudación participable: el municipio caé en un estado de indefensión.
El Secretario de Finanzas del Estado de Veractuz , ha ofrecido a todos los municipios su apoyo para eficientar la recuadacion del impuesto predial, a travez de su plataforma digital OVH (Oficina Virtual de Hacienda), regresando lo captado en un máximo de 72 horas.
De esta manera el gobierno del estado participa en la recaudacion municipal y coadyuba a mejorar los coeficientes en el Fondo de Fomento Muncipal; no es para quitarles facultades a los muncipios ni violar su autonomiía, es para darles una herramienta que ha sido efectiva en la recaudación del estado, cito el Secretario.
Este impuesto sin ser el unico; es de los que tienen futuro recaudatorio, existen factores para afirmarlo, el evidente: que es dinamico; aquí se aplica la cita” lo unico permanente en la vida es el cambio”, la pregunta es ¿esta el municipio en esa linea?, la respuesta sin preguntarla es no, porque de un dia para otro los inmuebles cambian, el catastro no.
Para mejorarla se deben tomar medidas como:
1) Fortalecer el catastro; actualmente sumido en la mediocridad; el estatal y el municipal.
2) Promover la capacitacion en valores unitarios, del suelo, construccion, ordenamiento de la tierra y sus clasificaciones, de urbano plus a rural: “El valor del inmueble es su ubicación”.
3) Actualizar las tasas acorde al mercado y a los padrones.
4) Valores del suelo, area, enclave y corredor de valor.
5) Cambio tecnológico en la cobranza, para facilitar su cumplimiento.
Esto no es lo unico para forlalecer el ingreso muncipal, otros conceptos son:
· Aseo Publico, que incluye la recoleccion de basura y la limpieza de las calles y espacios publicos,
· Abatimiento de desaseo de terrenos baldios,mediante el ordenamiento y multas; con ello se combate la especulacion y se dá realce a la via publica.
· El integrar el derecho pago de alumbrado pùblico, (DAP), existente en otros estados y municipios, el porcentaje que sea posible sobre la base que su destino es el cubrir los gastos de alumbrado publico; iria en el recibo de pago de CFE.
Este concepto abruma a los municipios y peor cuando son presas de intereses que se implementaron con las APPs; ahora combatidas por el presidente Andres Manuel Lopez Obrador.
· Aplicación anual de cuotas no menores, por patentes de operación; para comercios que funcionan en el municipio, desde una sucursal bancaria hasta un Oxxo.
Existen condiciones para aumentar la recaudacion propia de los muncipios, en eso debe apoyar el Secretario de Finanzas del Estado, pues hoy por hoy los muncipios son solo un medio para propósitos políticos y financieros.
JFA 21.11.21 www.sinergiaenpromocion.com |
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