En el mes de diciembre concluye el ejercicio fiscal 2019 para los 212 Municipios de Veracruz, por lo que es necesario aplicar los procedimientos administrativos, financieros y técnicos, para cumplir con las actividades institucionales, programas y proyectos enmarcados en los Planes Municipales de Desarrollo considerados en el presupuesto de este año.
Estos procedimientos implican acciones y ejercicio de la gestión financiera para observar la norma que ha definido el H. Congreso del Estado, el Órgano de Fiscalización y aquellos lineamientos que sean aplicables y emitidos por la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz.
Puntos a considerar para el cierre de ejercicio fiscal 2019:
1. Presentación de la (Cta. Publica), en base al Art. 27 de la Ley no. 364 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y al Art. 46, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que incluya los siguientes formatos los cuales serán proporcionados por el Congreso del Estado.
I. Información Contable, con la desagregación siguiente:
a) Estado de Actividades;
b) Estado de Situación Financiera;
c) Estado de variación de la Hacienda Pública;
d) Estado de cambios en la situación financiera;
e) Estado de Flujo de Efectivo;
f) Informes sobre pasivos contingentes;
g) Notas a los Estados Financieros;
h) Estado analítico del activo; y
i) Estado analítico de la deuda y otros pasivos, del cual se derivarán las siguientes clasificaciones:
i. Corto y largo plazo;
ii. Fuentes de financiamiento;
iii. Endeudamiento neto, financiamiento menos amortización; y
iv. Intereses de la deuda.
II. Información Presupuestaria, con la desagregación siguiente:
a) Estado analítico de ingresos del que se derivarán la presentación en clasificación económica por fuente de financiamiento y concepto, incluyendo los ingresos excedentes generados;
b) El estado analítico del ejercicio del Presupuesto de Egresos del que se derivarán las siguientes clasificaciones:
i. Administrativa;
ii. Económica;
iii. Por objeto del Gasto; y
iv. Funcional.
El estado analítico del ejercicio del Presupuesto de Egresos deberá identificar los montos y adecuaciones presupuestarias y subejercicios por Ramo y/o Programa.
c) Endeudamiento neto, financiamiento menos amortización, del que derivará la clasificación por su origen en interno y externo;
d) Intereses de la deuda; y
e) Un flujo de fondos que resuma todas las operaciones.
III. Información Programática, con la desagregación siguiente:
a) Gasto por categoría programática;
b) Programas y proyectos de inversión; y
c) Indicadores de resultados;
IV. Información complementaria, para generar las cuentas nacionales y atender otros requerimientos provenientes de los organismos internacionales de los que México es miembro. Los estados analíticos sobre deuda pública y otros pasivos, y el de patrimonio deberán considerar por concepto de saldo inicial del ejercicio, las entradas y salidas por transacciones, otros flujos económicos y el saldo final del ejercicio. En las Cuentas Públicas se reportarán los esquemas bursátiles y de coberturas financieras de los Entes Públicos.
V. La relación de bienes muebles e inmuebles.
VI. La relación de cuentas bancarias productivas específicas.
VII. La información financiera emitida en cumplimiento de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios:
a) Estado de Situación Financiera Detallado – LDF;
b) Informe Analítico de la Deuda Pública y Otros Pasivos –LDF;
c) Informe Analítico de Obligaciones Diferentes de Financiamientos – LDF;
d) Balance Presupuestario – LDF;
e) Estado Analítico de Ingresos Detallado – LDF;
f) Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado – LDF (Clasificación por Objeto del Gasto);
g) Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado – LDF (Clasificación Administrativa);
h) Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado – LDF (Clasificación Funcional);
i) Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado – LDF (Clasificación de Servicios Personales por Categoría); j) Guía de cumplimiento de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;
VIII. La información a que se refieren las fracciones I y II del presente artículo deberá ser organizada por Dependencia y Entidad.
2. De los Fondos recibidos por el Ayuntamiento debe existir expediente que incluya propuesta de inversión, modificaciones presupuestales, avances trimestrales físico financieros y cierre de ejercicio.
3. Que, al 31 de diciembre 2019, NO deben existir recursos sin ejercer en los fondos del ramo 33 y aquellos otros extraordinarios que en sus reglas de operación manifieste el principio de anualidad, ya que, de no ejercer dichos recursos, tendrán que reintegrarse a la tesorería de la federación, por lo que se recomienda que todos los recursos queden devengados o pagados al 31 de diciembre del 2019.
4. Cumplir con la carga de información en los sistemas de uso Municipal, como lo es SIMVER, SEFISVER, SIGMAVER, EL BANCO DE INFORMACIÓN MUNICIPAL (BIM), SFU actualmente RFT (DE LA SECRETARIA DE HACIENDA).
5. Cumplimiento del entero de las retenciones del 5 al millar con su soporte documental.
6. Pago de impuestos del 3% a la nómina, ISR, IPE, IMSS, Infonavit con su soporte documental.
7. Depuración de ctas. por cobrar y pagar, con expediente de acciones realizadas.
8. Depuración de los préstamos a empleados, (anticipos a sueldos y salarios).
9. Verificar los saldos de la cta. De Deudores Diversos que estén cancelados con su respectivo soporte documental.
10. Constatar que los Recursos Provenientes de Financiamientos, otras obligaciones y empréstitos se contrataron, recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado (Bursatilización).
11. Constatar que los egresos se ejercieron en los conceptos y partidas autorizados conforme al presupuesto y aperturas programáticas de cada Fondo.
12. Expedientes Técnicos de Obra completos, conforme a las especificaciones de ORFIS.
13. Obras físicas terminadas y comprobadas.
14. Verificar registros contables para prevenir cuentas contrarias a su naturaleza.
15. Registro del gasto en la cuenta contable y presupuestal correspondiente.
16. Expedientes de Licitaciones completos.
17. Inventarios actualizados que coincida lo físico con lo digital.
18. Verificar que no existan traspasos entre fondos no reintegrados a sus cuentas bancarias de origen.
19. Cumplimiento con la página del Portal de Transparencia.
20. Nominas debidamente timbradas.
21. Verificar la forma y términos en que los ingresos fueron recaudados, obtenidos, captados y administrados, así como los egresos que cuenten con su debido soporte documental.
22. Arqueo de caja, y de fondos de operación.
23. Inventario de chequeras y certificación de uso para el año siguiente.
24. Amortización de los fondos fijos o revolventes.
25. Verificar expedientes de seguimiento de observaciones, y inicio de procedimientos Administrativos.
26. Relación de juicios en procesos y su reconocimiento, en su caso registro contable.
27. Seguimiento a la creación del instituto de la mujer.
28. Asuntos de relevancia administrativa pendientes de atender (creación de libros blancos para su atención).
29. Tener conciliaciones Bancarias al corriente.
30. Haber presentado proyecto de presupuesto de ingresos y ley de ingresos.
31. En caso de haber existido entregas recepción de alguna área contar con sus debidas actas de entrega recepción.
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