En tanto el Estado Mexicano ha sido condenado y puesto en evidencias en varias ocasiones por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos y por la Organización de las Naciones Unidas, en virtud de resoluciones dictadas por la Suprema Corte de Justicia , ahora, con motivo de la resolución que dictó el Consejo de la Judicatura Federal al destituir , al Juez Hemadi Anuar González en el caso de pederastia, sin que exista sentencia firme lo acuse de actos de corrupción y menos aún, sin que exista una sentencia ejecutoriada en su contra.
De ahí que, se puede afirmar, que la forma de corrupción que interpreta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desentona con la que postula el presidente López Obrador pues en la reciente controversia que afloró en el caso de la Comisión Reguladora de Energía, su titular, quien aparece imputado en conflicto de intereses, en la audiencia que solicitó para lavar su honra, llevó su renuncia, misma que fue rechazada hasta en tanto se conozca la investigación que existe en su contra, es decir, tiene que ser una cosa juzgada, para que , si existe responsabilidad, inhabilitado y consignado por lo que resulte responsable, de otra , se encubre para que opere la impunidad.
En el caso del Juez de distrito que ha sido acusado de corrupción por el Consejo de la Judicatura federal, raya en la omisión muy grave con ese calificativo , sin que se respete la presunción de inocencia y un debido proceso y por provenir la decisión de quien se encarga de la disciplinar a los jueces y magistrados, deja mucho que desear, cuando quien lo preside es el presidente de la Suprema Corte y contamina todo el entramado jurídico propiciando el escándalo y auspiciando mayor desconfianza.
Si ya se ha demostrado, con las condenas que se ha resuelto en sede internacional, donde el Estado Mexicano – más que nada la Suprema Corte de Justicia , por ser la última instancia -ha hecho los ridículos más execrables, la abrupta actitud de ese organismo de control y disciplina, lleva a demostrar que quienes lo integran necesitan ser evaluados por el Senado de la República para que se acredite que sus capacidades intelectuales y jurídicas no han menguado, pues en los casos de los jueces y magistrados federales, existe en la constitución política- artículo 100- el recurso de revisión administrativa que si bien habla que no procede recurso alguno, se viola el derecho al acceso a la justicia y ello es condenado internacionalmente. .
Los precedentes que existen en sedes internacionales a favor de jueces y magistrados vinculan al gobierno mexicano y, si el acusado acude a ellos, que no exista la menor duda que habrá de ser reinstalado y lo que es peor, para la no repetición, se exhibirá, de manera pública a quienes integran el Estado ,y la razón es esencial con la garantía de estabilidad e inmovilidad como de libertad y no injerencia o presión política en sus decisiones que solo respondan a la interpretación de la ley , ahí están los casos Venezuela, Honduras, México, Perú y otros más, en reiterados criterios que nos vinculan.
Aunque en el comunicado del Consejo de la Judicatura se afirma que se actuó con apego al debido proceso y presunción de inocencia , el señalamiento de corrupción hacia un juez o
magistrado es de la mayor gravedad y tiene que irse hasta el fondo y para ello, debió de consignarse al imputado ante la fiscalía o integrado el expediente para turnarse a un juez de control, de manera que sea éste el que determine lo procedente, pues no está en las funciones del consejo de la judicatura dictar, cual Júpiter tronante, una condena de esa magnitud, sin las mayores consecuencia, que no sea más que exponerlo al ludibrio de sociedad.
No se trata de dar cátedra a quienes integran ese organismo., pero creo, de manera particular que es elemental que se de un castigo ejemplar y ello solo se logra con una sentencia firme, por lo mismo se puede afirmar , sin hipérbole , que esa ligereza, desentona con lo que postula el presidente López Obrador, quien para acabar con la corrupción que impera en México- estamos en el sitio 135- no basta con la sola renuncia y se olvide el daño, sino el castigo ejemplar que cubra los daños y que además, que exista una condena. limacobos@hotmail.com
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