De verdad, nada que festejar ni que aplaudir, con todo y que ahora el país tiene una calificación mejor en el combate a la corrupción y la impunidad, pues el caso del ministro inconstitucional- se violó por el senado el artículo 94 constitucional al elegirlo- Medina Mora, pues se tuvo que conocer primero la investigación en Inglaterra y Estados Unidos, de un manejo sospechoso de recursos económicos, para que aquí, la Unidad de Inteligencia Financiera de la secretaria de Hacienda y Crédito Público, alzara la voz a través de Santiago Nieto y confirmar lo que en el país no se veía, cuando hay antecedentes claros al respecto.
Sin duda que no es tarea fácil sepultar la corrupción e impunidad, porque está tan arraigada, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación- con excepción de la resolución que dictó un tribunal colegiado de Tamaulipas en el caso de Ayotzinapa-, las condenas contra el gobierno mexicano , por violación a los derechos humanos, han provenido de tribunales internacionales, como la Organización de las Naciones Unidas- caso de Lydia Cacho contra el” gober precioso ”de Puebla o de la corte interamericana de Derechos humanos, en los caos de Rosendo Radilla y otros tantos que evidencia la falta de legalidad, honradez, lealtad imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus responsabilidades públicas de ese poder , sin embargo, han medrado de manera exponencial en el derroche y despilfarro de recursos públicos , violando los artículos 127 y 134 que prohíben que ningún funcionario perciba mayor salario que el presidente de la república o que la publicidad del estado, sea para casos específicos.
La llegada de Medina Mora a la suprema corte fue una mancha más al tigre que hoy se pretende medio remediar con su renuncia anticipada para evitar el juicio político y que no exista condena y de darse ésta, que sea en tribunales extranjeros- caso del Chapo Guzmán, es elocuente -cuando de entrada, debería de integrarse la carpeta respectiva y respetando sus derechos de presunción de inocencia y debido proceso, se observen los ordenamientos jurídicos internos- artículos 108, 109 y demás de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos- y luego aplicarle las sanciones respectivas, de otra suerte , solo es borrón y cuenta nueva, para dar margen a que se afirme después que se actuó de manera autoritaria y se atentó contra el poder judicial. cuando tiene responsabilidad como procurador general de la república por sus diversos actos u omisiones , como el caso de la francesa y el montaje armado por el gobierno de Calderón , ello en razón de lo que precisa el titulo cuarto que se refiere a las responsabilidades de los servidores públicos.
Si se quiere limpiar al país de corrupción e impunidad, la negligencia de los ministros, magistrados y jueces ha llevado al país a que exista la percepción generalizada que es ahí donde se anidan los males de la nación y lo acabamos de comprobar con la actitud del ministro Pérez Dayan que, contraviniendo lo claramente precisado por el articulo 64 de la ley que reglamenta las acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales , contenidas en el artículo 105 constitucional, otorgó la suspensión provisional de la ley federal de remuneraciones y nadie dijo nada, al contrario, se armó la alharaca más grande de que se tenga memoria , de que era un atentado a la autonomía de ese poder y demás organismos autónomos que podían saquear al
erario público como les viniera en gana, sin que el senado, que mayoría morenista , iniciara un juicio político en su contra y fincarle responsabilidad , ante la acción de dicho ministro que, campante medra a consta del estado.
Es cierto que una golondrina no hace verano,- Medina Mora, Collado, Rosario Robles- de ahí que tenga el gobierno que ejecutar más acciones de la cuarta transformación , para que nadie viva en la impunidad; limpiar la casa es y debe ser de seriedad profunda y que los sicofantes sigan su camino.
limacobos@hotmail.com
Twitter:@limacobos1 |
|