Brenda Caballero
Fue durante la pandemia que se incrementó el servicio de pedir artículos a domicilio, pues nadie quería salir de casa y las compras por internet aumentaron. Algunas personas pedían medicamentos, despensa, pagos de servicios y hasta comida a domicilio.
Es cuando se dice que las famosas plataformas digitales como Uber, Didi, Rappi, Mercado Libre, Amazon hicieron “su agosto”.
Fue en ese mismo tiempo que varias personas se quedaron sin trabajo y ante la demanda de estas plataformas de requerir repartidores que llevaran sus productos a los consumidores finales, empezó una nueva forma de empleo como repartidor o chofer.
Para ello, las personas interesadas tenían que darse de alta en el Régimen de Plataformas Digitales en el SAT y poner su propio medio de transporte, ya fuera bicicleta, motocicleta o automóvil, y desde luego descargar la aplicación para que de esa forma, obtuviera el contacto del servicio.
Durante los últimos años, los trabajadores de plataformas se quejaron por no tener seguridad social ni atención médica. Incluso, si tenían algún accidente, no había patrón que respondiera por el servicio médico, medicamentos o daños a sus bienes. Pero todo indica que por fin el segundo piso de la Cuarta Transformación les hizo justicia, particularmente la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, quien presentó el dictamen ante la Cámara de Diputados y Senadores para reformar Las Condiciones Laborales de las y los trabajadores de plataformas digitales.
Con esta reforma a la Ley Federal del Trabajo, los y las trabajadoras podrán acceder a seguridad social, atención médica, seguro contra accidentes, una pensión, indemnizaciones y créditos para vivienda. También contempla que los trabajadores se asocien en sindicatos y gozar de los derechos de los descansos obligatorios a la semana.
Actualmente, los trabajadores de plataformas reciben su pago al concluir el servicio, sin embargo, esta reforma traerá una forma de pago diferente, ya que la plataforma deberá darles un reporte semanal de los ingresos obtenidos por servicios y propinas; asimismo, ahora la forma de pago será semanal por transferencia o en efectivo.
Ojo, porque estos beneficios no serán para todas y todos los que trabajan como repartidores; únicamente quienes perciban lo equivalente a un salario mínimo o mayor a él, que laboren al menos 80 horas al mes.
Pero ¿ a cuántas personas beneficiará esta reforma?
De acuerdo con datos del SAT, 658 mil personas en total dadas de alta en el Régimen de Plataforma Digitales, pero únicamente la reforma traerá el paquete de beneficios a 272 mil trabajadores que actualmente tienen ingresos mayores a un salario mínimo mensual y a sus familias…
¿Y qué pasará con aquéllos y aquéllas que no alcancen el salario mínimo porque únicamente trabajan unas horas? Tendrán también protección, pero únicamente mientras presten el servicio. Por lo que serán considerados trabajadores independientes.
También se incluye incorporar un esquema para proteger a las y los trabajadores de acoso.
No falta quien ve una medida recaudatoria de los trabajadores de plataformas, sin embargo, déjeme comentarle que ellos y ellas son de los que más impuestos pagan sobre la prestación de sus servicios. Pero eso sí, para las grandes plataformas sí será una carga laboral ya que tendrán que pagar las cuotas obrero-patronales y ahora sí hacerse responsables por sus repartidores. No cabe duda que la justicia llega, tarde, pero llega.
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