Por Edgar Hernández*
Maribel Hoyos Peña, sobrina de Roció Nahle habrá de ser citada por un juez a fin de que explique el origen de su fortuna que rebasa los 50 millones de pesos que le permitieron, a sus 33 años, hacerse de una mansión en “El Dorado” de Boca del Río, el fraccionamiento más exclusivo del Golfo de México, para rentarla a la tía en 25 mil pesos.
El marco legal también mandata que hay responsabilidad penal contra quien usufructúe un bien inmueble obtenido o comprado de manera ilegal, aun cuando presuma que “solo es rentado”.
En la presunción del delito, da cuenta el abogado penal y constitucionalista Rafael Hernández Matías que, Rocío Nahle, está usando un bien que fue adquirido con recursos de procedencia ilícita, y los usados por una tercera persona para aparentar el origen.
“Sin embargo la ley deberá determinar si la interpósita adquirente carece de la capacidad económica o la justifica fiscalmente, de lo contrario caería en una autentica discrepancia fiscal, de la familiar interpósita persona, lo cual también la hace responsable. Y es, en ese tenor, que se debe interponer denuncia ante el Sistema de Administración Tributaria, tanto, por la
discrepancia fiscal manifiesta, como por el ilícito de operaciones con recurso de procedencia ilícita, para que sea la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y el SAT, mediante la Unidad de Inteligencia Financiera, ejerzan sus facultades de comprobación y acrediten que la tercera persona, Maribel Hoyos Peña, CARECE de la capacidad económica para adquirir una mansión de cincuenta millones de pesos, pues debieron pasar por alto que adquirió dicho bien SIN declarar que obtuvo los ingresos necesarios para obtenerla”.
Argumenta:
“La discrepancia fiscal es la diferencia entre los bienes y gastos declarados por un individuo o empresa en su declaración de impuestos y los datos que el gobierno tiene en sus registros, ilícitos previstos en los artículos 400 Bis y 400 Bis 1, del Código Penal Federal”.
Asimismo, la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Contempla que las personas físicas podrán ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año de calendario sea superior a los ingresos declarados por el contribuyente, o bien a los que le hubiere correspondido declarar.
Y por lo que toca a operaciones con recursos de procedencia ilícita cita el Artículo 400 Bis.
“Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa al que, por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas:
I. Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio
nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, o
II. Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.
Son muchos los millones de pesos los que andan danzando en espera de explicación ante la autoridad de parte de Maribel, una joven de 33 años, que de la noche a la mañana se hizo de una enorme fortuna, aunque en los hechos acredita que vive de una manera por demás modesta rentando una mansión millonaria a la tía por 35 mil pesos mensuales.
Maribel se ha mantenido alejada de la opinión pública, de la prensa, de sus vecinos y de todo lo que la rodea. Hay incluso quien sostiene que está fuera del país.
Lo que es un hecho, sin embargo, es que no se le localiza por ningún lado.
Maribel Hoyos Peña, sobrina de José Luis Peña Peña y Roció Nahle ahora goza de una cierta impunidad al amparo de la zacatecana y los gobiernos de Morena, pero una vez que concluya el proceso electoral en unas semanas más, estará obligada comparecer ante el SAT para que compruebe el origen del dinero, si hizo los pagos fiscales de manera puntual y dar a conocer lo términos del contrato de arrendamiento.
Maribel, deberá mostrar asimismo la legalidad de sus bienes ante Inteligencia Financiera del SAT para comprobar si sus ingresos corresponden a sus inversiones para no ser considerada prestanombres y
resistir una auditoria en donde eventualmente muestre si la compra de la propiedad se hizo con dinero legítimo.
El de Maribel no es un tema de violencia de género o clasismo, como afirma la zacatecana; poco habrá de importar ante el juez donde nacieron Maribel o Nahle.
Es un tema de legalidad.
Es un proceso de compra-venta de bienes raíces hoy bajo sospecha.
Tiempo al tiempo.
*Premio Nacional de Periodismo |
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