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Senado modifica iniciativa sobre amparo enviada por Sheinbaum; precisan interés legítimo colectivo.
Las comisiones unidas encargadas de dictaminar la iniciativa de la presidenta Sheinbaum sobre el amparo realizaron ajustes en temas polémicos como interés legítimo y sanciones a autoridades
Miércoles 01 de Octubre de 2025
Por: animalpolitico.com
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- Luego de dos jornadas de audiencias con especialistas jurídicos y representantes de organizaciones defensoras de derechos humanos, las comisiones unidas de Justicia, Estudios Legislativos y Hacienda del Senado modificaron la iniciativa que reforma sobre el amparo que envió la presidenta Claudia Sheinbaum.

Uno de los principales ajustes es en torno a clarificar el interés legítimo, en el artículo 5 de la Ley de Amparo, y así facilitar el acceso al juicio de amparo en defensa de intereses colectivos. Además, establece que no necesariamente requiere que la lesión sea “actual” ni que el beneficio derivado del amparo sea “directo”.

La iniciativa presidencial buscaba acotar el interés legítimo y establecía que la lesión jurídica debe ser real, actual y diferenciada, mientras que el beneficio debe ser cierto y directo.


En tanto, los legisladores precisaron que la lesión puede ser “individual o “colectiva”. Como argumento, señalan que el artículo 107 constitucional establece que el interés puede tener esas dos dimensiones. Eliminaron la exigencia de que la lesión sea “actual”, para no excluir casos en que la lesión jurídica sea previsible o inminente. Asimismo, quitaron el requisito de que el beneficio obtenido con la sentencia sea “directo”, ya que éste puede derivar de la pertenencia a un colectivo, sin que requiera una particularización respecto de la persona promovente.


Regresan sanciones a autoridades
La propuesta legislativa suprime la exención de multa a las autoridades y a sus superiores cuando acreditaran imposibilidad jurídica o material para no cumplir con la ejecución de un amparo. Por lo que suprime la idea de que se exentara de responsabilidad penal a la autoridad si acreditaba que su incumplimiento derivó de una imposibilidad jurídica o material.

Asimismo, elimina la modificación que proponía la presidenta Sheinbaum para que en los casos en los que proceda una multa, esta deberá ser impuesta al órgano señalado como autoridad responsable y no a los funcionarios.

Amplían plazos propuestos por Sheinbaum
Otro de los cambios es la ampliación del plazo para dictar fallos en el amparo indirecto. Mientras que la presidenta fijó el margen a 60 días, la propuesta legislativa lo amplió a 90 días.

También, amplía de tres a cinco los días el plazo para que la persona quejosa exhiba la garantía —o fianza— y pueda proceder la suspensión contra actos derivados de un procedimiento penal que afecten la libertad personal.


La intención, de acuerdo con las comisiones unidas, es garantizar que todas las personas puedan obtener un billete de depósito.

El dictamen también detalla que la suspensión de actos relativos a créditos fiscales debe garantizarse mediante “billete de depósito” o “carta de crédito” emitido por emitidos por alguna de las instituciones autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y registradas ante el Servicio de Atención Tributaria.

Mantiene propuesta presidencial
El predictamen de los legisladores mantiene la ampliación del catálogo de exención de garantías a organismos descentralizados, empresas públicas, empresas de participación estatal mayoritaria, instituciones nacionales de crédito y seguros, fondos, mandatos y fideicomisos públicos.

Otro cambio propuesto por la presidenta Sheinbaum que conserva el dictamen es la llamada “justicia digital”, a través de la presentación electrónica u opcional impresa, y la obligación de las autoridades de generar un usuario en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación para actuar en el juicio.


Asimismo, permanece la limitación de la ampliación de demanda únicamente cuando los nuevos actos no hubieren sido de conocimiento con anterioridad a la presentación de la demanda inicial.

El dictamen también mantiene la improcedencia de la suspensión por afectar el interés social o el orden público, cuando se pretenda continuar actividades que requieren permisos, autorizaciones o concesiones emitidas por autoridades y no se tenga o haya sido revocada. La propuesta solo agregó que la autoridad que emita esos permisos debe ser federal.

Asimismo, mantiene el plazo de cinco días para notificar la resolución de admisión del recurso de revisión a partir de su emisión.

Las comisiones unidas discutirán y votarán este miércoles el dictamen que propone cambios a la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). Se espera que pase al pleno para su votación en una segunda sesión en la tarde-noche.







Por: Andro Aguilar

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