Mantiene López Casarín constancia de mayoría y podrá rendir protesta. | ||||||
De tal manera, López Casarín mantiene su constancia de mayoría y podrá rendir protesta como alcalde de esta demarcación del poniente de la Ciudad de México, lo cual ya no puede revertirse, pues se convierte en “un acto de imposible reparación”, según lo establecido en las normas electorales. | ||||||
Martes 01 de Octubre de 2024 | ||||||
Por: La Jornada | ||||||
De tal manera, López Casarín mantiene su constancia de mayoría y podrá rendir protesta como alcalde de esta demarcación del poniente de la Ciudad de México, lo cual ya no puede revertirse, pues se convierte en “un acto de imposible reparación”, según lo establecido en las normas electorales. A decir de Morena, desde el miércoles 25 de septiembre se impugnó la nulidad de la elección en la sala Ciudad de México, la cual fue desechada por falta de personería, es decir, ya no podría surgir una nueva por ser “cosa juzgada”. De acuerdo con la ley electoral, un candidato que rebasa el tope de gastos corre el riesgo de perder el cargo que ganó siempre y cuando la sala superior determine anular la elección por considerar actos electorales indebidos graves. El domingo pasado, el Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió que “el rebase de los topes de gastos de campaña representa una conducta reprochable por cualquiera de los sujetos obligados, puesto que ello pudiera estimarse atentatorio de la libertad del sufragio, por ejercerse indebidamente una ventaja respecto de los demás contendientes”. Sin embargo, la sala superior del TEPJF no discutió este asunto impugnado ayer por el PAN, que pedía per saltum (saltar toda la cadena impugnativa, debido a la urgencia del caso), ya que el límite para atender esta inconformidad venció ayer 30 de septiembre. Ante esta falta de tiempo y de que el Tribunal Electoral ignoró la petición del blanquiazul, López Casarín rendirá protesta como alcalde de Álvaro Obregón, pese a haber gastado casi 10 por ciento más del presupuesto permitido durante su campaña electoral, que equivale a 315 mil pesos adicionales del tope permitido. Hasta el cierre de la edición, en la sesión pública de anoche la sala superior no había incluido el recurso presentado por el PAN, por lo que el análisis de la anulación no fue llevada al pleno, y al no haberlo discutido en sesión pública, el TEPJF permitió que el candidato de Morena y alcalde electo, quien incurrió en una grave violación a la ley electoral, conserve el triunfo, ya que después de tomar protesta, es imposible determinar la anulación, pues se convierte en “un acto de imposible reparación”, de acuerdo con lo establecido en las normas electorales. Según integrantes del partido guinda, si en un primer momento ya se impugnó la nulidad de la elección y fue desechada por la sala Ciudad de México por falta de personería del PAN, ya no es posible volver a impugnarla por ese mismo motivo, debido a que el caso ya ha sido resuelto y se aplica el principio de “cosa juzgada”. “Cuando una impugnación es desechada por cuestiones de forma, como la falta de personería (es decir, que quien promovió el recurso no tenía legitimidad para hacerlo), el asunto sigue considerándose decidido y no se puede volver a plantear la nulidad por las mismas causas o hechos”, señaló. |
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