INAI rechaza dar compensación económica a empleados, previo a extinguirse. | ||||||
Tres comisionadas rechazan otorgar una compensación a los trabajadores, ya que la propuesta no era justa | ||||||
Martes 18 de Marzo de 2025 | ||||||
Por: El Heraldo de México | ||||||
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El día de hoy, trabajadores del INAI realizaron manifestaciones en las instalaciones del instituto, eso como medida de presión para que los comisionados aprueben un acuerdo para darles una protección a sus derechos laborales, y les garanticen que continuarán con sus plazas, pero ahora en la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, dependencia que absorberá las funciones del INAI. Dentro del debate, el Pleno del instituto permitió que algunos de los trabajadores expresaran sus dudas, ya que a propuesta del comisionado presidente del INAI, Adrián Alcalá, se presentó un proyecto de acuerdo de disposiciones administrativas para llevar a cabo el pago de una compensación económica a las personas servidoras públicas que de manera voluntaria decidan concluir su relación laboral con motivo de la extinción del INAI. Sin embargo, tras analizar el acuerdo, tres comisionadas votaron en contra del proyecto, toda vez que argumentaron que es una propuesta que no respecta la antigüedad, los montos son injustos y en caso de que acepten, ya no podrán ser contratados por la Secretaría Anticorrupción. Asimismo, las comisionadas advirtieron que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) puede observar el acuerdo y en su caso, los trabajadores deberían de regresar el la compensación que se les otorgó. La comisionada Julieta del Río afirmó que esos montos que propusieron como compensación son injustos y no se tome en cuenta la antigüedad de los trabajadores. La comisionada Blanca Lilia Ibarra también votó en contra porque el acuerdo “priva de facto de ser transferidas a las nuevas autoridades garantes y no respeta de manera completa sus derechos laborales”. La propuesta que no vio la luz del comisionado presidente, Adrián Alcalá, era darle una compensación económica a razón de 90 días de las percepciones brutas diarias más 20 días por año (con un límite de nivel de puesto), sobre la base del sueldo tabular bruto conforme al manual de percepciones vigentes. |
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