De Veracruz al mundo
Declaran constitucional reforma de prisión preventiva oficiosa.
Con esta reforma los jueces podrán dictar prisión automática por extorsión, tráfico de fentanilo y comprobantes fiscales falsos
Martes 03 de Diciembre de 2024
Por: El Heraldo de México
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Ciudad de México.- En la Cámara de Diputados se hizo la declaratoria de reforma constitucional de la ley en materia de prisión preventiva oficiosa, que amplía el catálogo de delitos

Al final de la sesión de este martes, la presidenta de la Mesa Directiva en funciones, Dolores Padierna, solicitó que se leyera el correspondiente aviso sobre el aval hecho por 20 legislaturas locales de la iniciativa presidencial que modifica el párrafo segundo del Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para solicitar a los legisladores, ponerse de pie y dar paso al acto protocolario.

“Una vez realizado el cómputo de los votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, se emite la siguiente declaratoria” el Congreso de la Unión en uso de la facultad que le confiere el Artículo 135 de la Constitución y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformado el párrafo Segundo del Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de prisión preventiva oficiosa. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales”, indicó.

Con la propuesta, se establece que los jueces podrán dictar prisión automática por extorsión, tráfico de fentanilo y comprobantes fiscales falsos, y aunque se preveía también aplicarla en caso de narcomenudeo y la defraudación fiscal, al final, esta propuesta fue eliminada del documento original.



Organizaciones advierten que por modificación habrá reclamos de la CIDH
En el debate se puntualizó, para evitar vacíos, establecer que el juez ordene prisión preventiva oficiosa en el caso de delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados

En el régimen transitorio se expone que, a partir de la entrada en vigor del decreto, se derogan todas las disposiciones que se opongan a su contenido, previstas en leyes secundarias, reglamentos, acuerdos y cualquier otro ordenamiento normativo de carácter administrativo.

Algunas organizaciones en defensa de los derechos humanos y activistas, han advertido que la modificación en la Carta Magna, pondrá a México en la mira internacional y también en la de los reclamos ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, que determinó y solicitó terminar con esta figura violatoria.

Entre los estados que avalaron la reforma constitucional se encuentran Chiapas, Colima, Durango, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Zacatecas y la Ciudad de México.

Tras su declaratoria, la reforma fue remitida al Ejecutivo Federal para que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación.

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