De Veracruz al mundo
Avalan diputados federales acuerdo para iniciar proceso de selección de tres consejeros electorales.
Se espera que, a más tardar el 5 de abril, se tenga la lista definitiva de aspirantes
Jueves 19 de Marzo de 2026
Por: El Heraldo de México
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la Convocatoria para la elección de las personas que ocuparán las tres consejerías del Consejo General del Instituto Nacional Electoral; y el proceso para la designación del Comité Técnico de Evaluación, así como los criterios específicos de evaluación.

De esta manera, con 408 votos a favor, 35 en contra y cero abstenciones, se avaló que del 23 al 27 de marzo sea el periodo de inscripción para los aspirantes para el periodo de abril del 2026 a abril de 2035, para lo cual, podrán entregar su documentación de manera digital en el micrositio www.convocatoriaine2026.diputados.gob.mx


Se espera que, a más tardar el 5 de abril, se tenga la lista definitiva de aspirantes, que cumplen los requisitos constitucionales y legales, por lo que, a partir del 29 de marzo, el Comité Técnico de Evaluación, analizará los expedientes de los aspirantes y evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales contenidos en la convocatoria, para determinar quienes pasan a la fase de entrevista.


El examen se aplicará en las instalaciones de la Cámara de Diputados, el próximo 6 de abril a las 10 horas. En el micrositio específico se señalará el espacio en el que tendrá lugar la aplicación y para ello se contará con el apoyo logístico de la Secretaría General de la Cámara baja.

El examen evaluará los conocimientos de las personas aspirantes a través de reactivos que se formularán en materia constitucional, gubernamental, electoral y derechos humanos. Continuarán a la siguiente fase hasta el 50% de las personas aspirantes que hayan presentado el examen, de acuerdo con los puntajes más altos, asegurando la paridad de género.

La lista de las personas que lleguen a la tercera fase, será publicada en el micrositio a más tardar el 9 de abril. La tercera fase se llevará a cabo del 10 al 12 de abril, en donde se analizará la idoneidad, en el que el 40% corresponderá al Currículum Vitae y documentos de soporte; el 30% la exposición de motivos y el 30% un ensayo.

Continuarán a la siguiente fase hasta el 50% de las personas aspirantes que hayan presentado el examen, de acuerdo con los puntajes más altos, asegurando la paridad de género. La valoración del expediente se realizará conforme a los criterios de Autonomía e independencia; trayectoria profesional; logros y participación en materia democrática; Principios democráticos, de género y de inclusión; virtudes, valores y ética profesional; vocación para el servicio público claridad y calidad la expresión escrita; capacidad de argumentación; capacidad de detección de problemas y soluciones del Sistema Electoral.

El puntaje máximo será de 100, mientras que la evaluación de cada aspirante será el promedio de las calificaciones individuales. En caso de que las evaluaciones de un mismo aspirante tengan entre sí una diferencia mayor de 25 puntos, el expediente será revisado de nuevo por otro miembro del Comité Técnico de Evaluación seleccionado de manera aleatoria. La calificación definitiva será el promedio de las 2 calificaciones más cercanas entre sí.

Quienes pasen a una cuarta fase, acudirán, a una entrevista que se llevará a cabo del 14 al 16 de abril; el 20 de abril, a partir de la evaluación de las personas aspirantes, el Comité Técnico de Evaluación seleccionará a las personas mejor evaluadas, en una proporción de cinco personas por cada cargo vacante, debiendo integrar tres listas bajo los principios de paridad de género para la elección de tres personas consejeras que durarán en su encargo nueve años.

Recibidas las listas remitidas por el Comité Técnico de Evaluación, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados impulsará la construcción de los acuerdos para la elección de las consejerías electorales bajo los principios de paridad de género, a fin de que, una vez realizada la votación por este órgano, se remita al Pleno de la Cámara la propuesta con las designaciones.

A más tardar el 22 de abril, una vez realizada la votación correspondiente en el órgano de gobierno, la Junta de Coordinación Política notificará a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, el acuerdo que contendrá el instrumento correspondiente para que el Pleno de la Cámara de Diputados lleve a cabo la votación y la elección de las consejerías electorales del INE para que se someta a consideración del Pleno, en la sesión ordinaria que para ello se acuerde.

En caso de que las propuestas remitidas no alcancen la mayoría calificada, serán devueltas a la Junta de Coordinación Política a efecto de que genere los consensos necesarios para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden. En caso de que pasado el 22 de abril no haya determinaciones o de que habiéndose efectuado ésta, las propuestas formuladas por la Jucopo no alcancen la votación calificada de las dos terceras partes de las diputadas y diputados presentes en el Pleno, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados convocará a sesión del Pleno a celebrarse el 28 de abril, en la que se realizará la elección de las tres consejerías electorales, mediante insaculación de las listas conformadas por el comité de evaluación.

De no realizarse la insaculación, la Mesa Directiva remitirá de inmediato al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación las listas conformadas por el Comité Técnico de Evaluación, para que proceda a la designación mediante insaculación.

Los interesados en participar, deberán cumplir y acreditar de manera debida, fehaciente y oportuna requisitos como el ser ciudadana o ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad, además de estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.

Estar inscrita o inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar; tener más de treinta años de edad, el día de la designación; poseer al día de la designación, con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de nivel licenciatura y contar con los conocimientos y experiencia que les permitan el desempeño de sus funciones; así como gozar de buena reputación y no haber sido condenada o condenado por delito alguno, salvo que no hubiese sido doloso.

Deberá haber residido en el país durante los últimos dos años, salvo el caso de ausencia en servicio de la República por un tiempo menor de seis meses; no haber sido registrada o registrado como candidata o candidato, ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación; y no desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la designación.

Además de no ocupar un cargo de alto nivel en los gobiernos federal, estatal o de la Ciudad de México, tampoco podrá haber sido miembro del Servicio Profesional Electoral, ni ser o haber sido miembro del Servicio Profesional Electoral Nacional durante el último proceso electoral federal ordinario.

Entre otros documentos que deberán entregar como las copias certificadas del acta de nacimiento, la credencial de elector y la cédula profesional, los aspirantes tendrán que presentar un ensayo de autoría inédito, en relación con la función estatal del Instituto Nacional Electoral y su contribución a la democracia, así como de los retos que enfrenta.

Para llevar a cabo el proceso para la designación del Comité Técnico de Evaluación, se remitirá oficio por parte de la presidencia de la Junta de Coordinación Política a la Comisión Nacional de Derechos Humanos solicitando la designación de las dos personas correspondientes. Por lo que respecta a la Junta de Coordinación Política, conforme a sus normas internas, acordará la designación de tres personas para conformar los cinco integrantes del Comité Técnico de Evaluación.

La designación de Comité Técnico de Evaluación deberá atender a los principios de certeza, honorabilidad, imparcialidad, independencia, legalidad, objetividad y profesionalismo que rigen la función electoral.


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