| El 1 de febrero inicia veda para pesca de siete especies en diez estados, informa Sader. | ||||||
| En tanto que tampoco se podrá capturar langosta (Panulirus inflatus, Panulirus gracilis y Panulirus interruptus) en la costa occidental de la Península de Baja California, del 16 de febrero al14 de septiembre. | ||||||
| Miércoles 28 de Enero de 2026 | ||||||
| Por: La Jornada | ||||||
Para todo ese mes quedará restringida la captura de Lisa (Mugil cephalus) y liseta (Mugil curema) en aguas litorales del estado de Tamaulipas y en la zona norte de Veracruz; esto también incluye la Laguna Madre. Durante ese mismo periodo, los pescadores no podrán capturar el Caracol rosa (Lobatus gigas) en el banco Chinchorro en Quintana Roo, comprendido desde Punta Herrero —al norte de Majahual, hasta Bacalar Chico —en los límites con Belice. A través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), detalló que desde el primero de febrero y hasta el 31 de marzo se prohibirá la captura de Mero (Epinephelus morio) en aguas de jurisdicción federal del Golfo de México, correspondientes a los litorales de Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo; en el área comprendida entre los límites de Veracruz y Tabasco hasta el límite de la Zona Económica Exclusiva y continúa hacia la frontera con Belice. La restricción también aplicará para el pescado blanco (Chirostoma sphyraena) durante el mismo periodo en las aguas del lago de Chapala, en los estados de Jalisco y Michoacán. En el caso de la almeja generosa o chiluda (Panopea globosa), la veda será del 10 de febrero hasta el 30 de abril de 2026, en Bahía Magdalena, Baja California Sur. En tanto que tampoco se podrá capturar langosta (Panulirus inflatus, Panulirus gracilis y Panulirus interruptus) en la costa occidental de la Península de Baja California, del 16 de febrero al14 de septiembre. En contraparte, se tomó la decisión de aprovechar la etapa de captura, extracción y comercialización sostenible de abulón, lisa y ostión de placer en los estados de Baja California, Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit y Jalisco, informó la Sader. Los periodos de aprovechamiento son del 1º de febrero al 31 de agosto, para el caso del abulón (Haliotis corrugata, Haliotis fulgens, Haliotis rufescens, Haliotis cracherodi y Haliotis sorenseni), en la Zona II y Zona III —comprendidas entre Punta Malarrimo y Punta Holcomb, en Baja California Sur. También se podrá capturar Lisa (Mugil cephalus) hasta el 30 de noviembre en aguas litorales de los estados de Baja California, Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit y Jalisco. Mientras que el ostión de placer (Crassostrea corteziensis) podrá pescarse en el Sur de Teacapán, Sinaloa (sistema lagunar costero Teacapán-Agua Brava), del 16 de febrero al 14 de julio. |
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