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Panistas de Orizaba promueven juicio ante el TEV por irregularidades registradas en asamblea para elegir al comité municipal.
La queja, registrada bajo el expediente TEV-JDC-353/2025, fue presentada por Enriqueta García Gutiérrez y otras personas que se ostentan como militantes, quienes denunciaron que el cambio de sede del evento afectó la participación y, por ende, los resultados del proceso.
Jueves 16 de Octubre de 2025
Por: REDACCION GOBERNANTES
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XALAPA.- Prueba de que hasta los persignados panistas tienen su repertorio de mañas para ejercer el control de sus procesos internos de elección de dirigentes, militantes de Orizaba promovieron un juicio para la protección de sus derechos político-electorales ante el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), debido a presuntas irregularidades registradas durante la asamblea municipal celebrada el pasado 5 de octubre. La queja, registrada bajo el expediente TEV-JDC-353/2025, fue presentada por Enriqueta García Gutiérrez y otras personas que se ostentan como militantes, quienes denunciaron que el cambio de sede del evento afectó la participación y, por ende, los resultados del proceso. De acuerdo con la información, la convocatoria inicial señalaba como sede el área audiovisual de La Concordia, pero fue modificada de última hora al Comité Municipal del PAN en Orizaba. Los inconformes señalaron que este cambio provocó confusión y desinformación, lo que impidió a muchos panistas acudir a votar. De un padrón estimado entre 250 y 350 militantes, solo participaron alrededor de 150, lo que detonó la impugnación del proceso interno ante las instancias partidistas y ante el TEV. La demanda fue recibida el 14 de octubre en la Oficialía de Partes del TEV y turnada a la magistrada Claudia Díaz Tablada, quien revisará la documentación para determinar si se admite el juicio o si se requieren elementos adicionales para su integración. Como parte del procedimiento, el TEV ordenó al Comité Directivo Estatal del PAN en Veracruz y a la Mesa Directiva de la Asamblea Municipal de Orizaba fijar una cédula de notificación en sus oficinas por un plazo de 72 horas, con el fin de permitir la participación de terceros interesados en el caso. Posteriormente, ambos órganos deberán entregar las constancias de publicación, posibles escritos de terceros interesados y un informe circunstanciado sobre los hechos impugnados, en un plazo de 24 horas posteriores al vencimiento del término anterior. El Tribunal apercibió a los señalados que, en caso de incumplir con los requerimientos en tiempo y forma, podrían hacerse acreedores a medidas de apremio conforme al artículo 374 del Código Electoral del Estado. El acuerdo incluye un aviso de privacidad sobre el tratamiento de los datos personales contenidos en el expediente, conforme a la normativa vigente.

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