INE prohíbe a funcionarios uso de recursos públicos para promover elección judicial. | ||||||
A unas horas del inicio de las campañas del proceso electoral extraordinario de cargos del Poder Judicial de la Federación, el INE aprobó los “criterios que garantizan la equidad e imparcialidad” de esta etapa previa y hasta la elección del domingo 1 de junio. | ||||||
Sábado 29 de Marzo de 2025 | ||||||
Por: La Jornada | ||||||
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A unas horas del inicio de las campañas del proceso electoral extraordinario de cargos del Poder Judicial de la Federación, el INE aprobó los “criterios que garantizan la equidad e imparcialidad” de esta etapa previa y hasta la elección del domingo 1 de junio. El punto dividió opiniones en el consejo; por un lado se dijo que era importante la participación de los tres Poderes de la Unión no solo porque fueron los que postularon las candidaturas, sino porque al INE le fue reducido el presupuesto para organizar esta elección. Adicional a ello, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le bajó, de 48 a 24, el número de minutos disponibles para promover la contienda en radio y televisión (tiempos oficiales). “Al ser un proceso inédito donde los tres Poderes son los que están nominando a las personas aspirantes sí podrían coadyuvar en la difusión a la participación ciudadana, con los límites, por supuesto, de no beneficiar a ninguna candidatura”, señaló la consejera Norma de la Cruz. Al contrario, otras consejerías dijeron que tal promoción es una facultad exclusiva del INE y, en todo caso, para fines de fortalecer la promoción, los Poderes de la Unión podrían ceder sus tiempos oficiales al Instituto. Al final, por mayoría de votos y a propuesta del consejero Arturo Castillo, fue adicionado un párrafo de los criterios, relacionados con la prohibición del uso de recursos públicos, para quedar de esta manera: “Ni las personas servidoras públicas no candidatas, ni las autoridades o instituciones públicas pueden emplear recursos públicos para promover el voto, la participación ciudadana en la elección o crear espacios para la difusión de los perfiles de las candidaturas, en términos de lo dispuesto en el artículo 134 constitucional. “En su caso, el INE podrá celebrar convenios para que la propia autoridad electoral lleve a cabo actividades de promoción o difusión en los espacios de otras autoridades”. En tanto, la consejera Claudia Zavala sí hizo referencia a casos específicos, como la conferencia mañanera de Palacio Nacional, y señaló que no puede hacer promoción la instancia que promovió la reforma judicial, base de esta elección extraordinaria. “Sí nos falta poner en claro lo que hacía mención el consejero Arturo, y es que en los hechos lo estamos viendo; ahora hay pautados en una propaganda desde el Poder Ejecutivo, wspots que tienen que ver con la elección”. En su opinión, los Poderes de la Unión no pueden intervenir porque la difusión debe ser imparcial. “Y los espots, el contenido que hemos visto, tiene una parte de información que avala una parte de quienes hicieron esta reforma y de cómo ven la reforma, pero el INE no puede promover eso, el INE lo que hace es promover en términos imparciales el proceso electivo, sin ninguna carga a favor o en contra de lo que se decidió ya desde el legislador”. Más adelante dijo: “Hemos visto en el ejercicio de comunicación matutino que se hace por parte de la Presidencia, que se han explicado incluso cosas que le correspondería explicar al INE y que tenemos que generar lógicas para que se vea la autonomía y la independencia de la autoridad en colaboración comunicativa con otros poderes”. En cuanto a las iglesias, la consejera subrayó que las asociaciones religiosas y ministros de culto no pueden participar activamente para difundir en sus espacios información de las candidaturas. “La separación iglesia-Estado nos lleva a eso”, mencionó. En los criterios aprobados también se establecieron reglas adicionales para la realización de foros que en principio no pueden ser masivos ni dedicados exclusivamente a alguna candidatura en particular. Incluso, cuando vayan varios candidatos, el orden de participación debe ser aleatoria; los servidores públicos no pueden ser moderadores en foros. Todas las resoluciones del consejo general del INE pueden ser impugnadas ante el TEPJF. |
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