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Propone TEPJF 'reencauzar' al INE impugnaciones por renovación del PRI.
En la propuesta pide “reencauzar las demandas al Instituto Nacional Electoral (INE) para que en un plazo de 10 días naturales se pronuncie sobre la prohibición de modificar estatutos en proceso electoral y, sólo de estimarlo procedente, revise el contenido material de los cambios normativos antes del 11 de agosto”.
Jueves 18 de Julio de 2024
Por: La Jornada
Foto: La Jornada
Ciudad de México.- El magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Reyes Rodríguez Mondragón, hizo público hoy un proyecto de resolución de tres juicios de la ciudadanía promovidos por ex dirigentes nacionales del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra de la modificación a los documentos básicos de ese partido porque consideran que se vulnera el artículo 34 de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP), el cual prohíbe modificar las normas partidistas durante un proceso electoral como el que está en curso.

En la propuesta pide “reencauzar las demandas al Instituto Nacional Electoral (INE) para que en un plazo de 10 días naturales se pronuncie sobre la prohibición de modificar estatutos en proceso electoral y, sólo de estimarlo procedente, revise el contenido material de los cambios normativos antes del 11 de agosto”.

“Con el fin de proteger el derecho de acceso a la justicia de las personas demandantes, se propone reencauzar sus demandas al Consejo General del INE para que éstas se analicen en conjunto con el procedimiento administrativo de revisión sobre la validez constitucional y legal de las modificaciones normativas”, propone el proyecto de sentencia que apenas fue circulado entre los magistrados.

A partir de que la legislación exige que el proceso de reformas estatutarias de los partidos políticos y las modificaciones normativas que deriven del mismo, sean revisadas, en primer lugar, por el Consejo General del INE para declarar su procedencia constitucional y legal, previo a una revisión judicial, el proyecto propone determinar como improcedentes los juicios.

Además, se establece que, dado que los impugnantes alegan que no se pueden modificar los documentos básicos del PRI una vez iniciado un proceso electoral, pues esto vulnera lo establecido en el artículo 34 de la Ley General de Partidos Políticos, “se estima pertinente que el INE se pronuncie sobre dicho aspecto como de previo y especial pronunciamiento, pues de actualizarse la violación alegada, sería innecesario analizar la constitucionalidad y legalidad de las reformas estatutarias desde una óptica material o de contenidos”.

Los juicios interpuestos por Dulce María Sauri, Enrique Ochoa y Pedro Joaquín Codwell impugnan la Asamblea partidaria del pasado 7 de julio en la que, entre otras cuestiones, se aprobaron los dictámenes definitivos de las reformas a los Estatutos, a la Declaración de Principios y al Código de Ética del PRI

El 8 de julio se publicó en la página del PRI el Acuerdo del presidente de su Comité Ejecutivo Nacional por el que se ordena la publicación de las reformas aprobadas a los documentos básicos del partido, y que el proyecto propone que el INE debe revisarlos.

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