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Tres nuevas suspensiones de Gómez Fierro a Ley de Hidrocarburos.
El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó otras tres suspensiones provisionales contra la Ley de Hidrocarburos. Suman cuatro las medidas cautelares concedidas a ocho empresas, que impugnaron el decretó que se publicó el 4 de mayo en el Diario Oficial de la Federación.
Martes 11 de Mayo de 2021
Por: La Jornada
Foto: Cuartoscuro .
CDMX.- El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó otras tres suspensiones provisionales contra la Ley de Hidrocarburos. Suman cuatro las medidas cautelares concedidas a ocho empresas, que impugnaron el decretó que se publicó el 4 de mayo en el Diario Oficial de la Federación.

“La suspensión provisional que se concede es para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos, así como de los artículos transitorios cuarto y sexto del Decreto reclamado”.

El juez Juan Pablo Gómez Fierro concedió los recursos a las empresas Servicio Villa de Arista, Petrotal y Tiger Fuel, al considerar que la enmienda genera incertidumbre para los demás permisionarios, además podría dar lugar a la imposición de sanciones excesivas, ya que los incumplimientos menores también deberán ser castigados con la revocación de los permisos previamente otorgados.

Asimismo, requirió a la titular de la Secretaría de Energía (Sener) , Roció Nahle, en su carácter de autoridad vinculada y quien tiene la facultad de supervisar el cumplimiento de la política energética del país, para que, dentro del plazo de tres días, publique en el DOF el aviso de que la Ley de Hidrocarburos, impulsada por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, quedó temporalmente sin efectos debido a las suspensiones.

Aseveró que se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación para desempeñar otro cargo o empleo al servidor público que no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra.

“Los efectos de esta medida cautelar comprenden no solamente a la quejosa, sino a todos los permisionarios de los mercados de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos".

Gómez Fierro también sostuvo que la legislación podría abonar a que Petróleos Mexicanos (Pemex) retome el papel monopólico que tenía hasta antes de la reforma energética, lo que implicaría un retroceso para el desarrollo de todo el sector.

Reiteró que los artículos 57, así como el cuarto y sexto transitorios, además de generar incertidumbre jurídica para los permisionarios, podrían ocasionar una reducción considerable del número de competidores en los sectores aludidos, otorgando poder de mercado a Pemex y reduciendo las condiciones de oferta, lo que podría resultar en el incremento de precios de los bienes y servicios ofrecidos a lo largo de la cadena de valor de los mercados de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, con el correspondiente impacto negativo para los consumidores finales.

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