De Veracruz al mundo
SIN PATEAR EL PESEBRE
JorgeYunis Manzanares
2018-05-30 / 14:35:15
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Me han preguntado porque no escribo algo relacionado a lo que informó el fiscal general del estado de Veracruz, el licenciado Jorge Winkcler, en relación a Karime Macías ex esposa del Ex Gobernador Javier Duarte , sobre la orden librada de aprehensión, y solicitada la colaboración de las autoridades incluso, internacionales para lograr su detención.



COMENTARIO JURIDICO.



Quisiera manifestar que, si es culpable o no la señora Karime Macías, eso lo determinaran el órgano jurisdiccional en sus momento, ya que si resuelve un juez del estado de Veracruz, dictar un auto de vinculación o no a proceso en su contra, y si promueve un amparo, podrán el juzgado federal, negárselo o concedérselo, y en caso de concedérselo quedaran sin efecto las ordenes de aprehensión.



pero para que me entiendan, que la detengan, no es lo relevante de este asunto, lo verdaderamente importante es el desconocimiento de la ley por parte del fiscal general del estado, ya que las ordenes de aprehensión son mandamientos judiciales, y no deben publicitarse y mucho menos dar una rueda de prensa para hacerlo público, ya que conforman un acto de secrecía, el artículo 348 del código penal vigente para estado de Veracruz , nos dice, delito de revelación de información reservada, y establece que lo comete el servidor público, que , por cualquier medio, (rueda de prensa), facilite información sobre mandamientos expedidos por autoridad judicial, (orden de aprehensión), y tenga como consecuencia que se evada de la acción aquel contra el que vaya dirigido, (Karime Macías), se le impondrán de seis meses a tres años de prisión.



Como es de apreciarse, incluso para quienes no conocen nada de derecho, el fiscal del estado cometió dicho delito, ya que hizo público la existencia de esa orden de aprehensión, siendo que el principal respetuoso de la lay, debería ser el propio fiscal general, ahora tendríamos que ver, si quienes tendrían la facultad de iniciar la investigación correspondiente por la comisión de ese delito por parte del fiscal, tendrían el valor suficiente de realizarlo.



Pero como siempre lo he dicho, si está mal la cabeza los pies no saben a dónde ir, y a esto me refiero con el hecho de que los impulsos y tropiezos del fiscal general traen más complicaciones a la fiscalía, que eficiencia jurídica, y solo por mencionar un ejemplo de la desatención del señor fiscal general, es , que aquí en el sur, como es sabido por el público en general, ya que el mismo fiscal lo hizo público, fueron detenidos fiscales y actualmente se encuentran procesados por los delitos de abuso de autoridad y lo peor, por el delito de cohecho, y seria plausible, este acto de la fiscalía, si lo realizaran en forma legal, sin embargo, estos fiscales, se encuentran en funciones integrando carpetas de investigación ilegítimamente, en virtud de que se encuentran sujetos a un auto de formal prisión por un delito doloso directamente relacionado con su función, es que no hay quien le oriente al señor fiscal general que tenerlos en funciones trae como consecuencia la nulidad de todas las diligencias que realizan como fiscal a partir del auto de formal prisión que les fue dictado? y que también lo hace responsable de esta nulidad, y del perjuicio que esto traería a las víctimas de las carpetas de investigación que estos fiscales están integrando.



Así como también, cuando balacearon en el c4 de Cosoleacaque a una persona y fue trasladada para su atención al hospital de Minatitlan, de allí los elementos ministeriales lo trasladaron a la fiscalía de Minatitlan, para que rindiera entrevista, sin tomar las providencias necesarias y dejando de observar los protocolos de protección a víctimas, lo abandonaron en la fiscalía, y al salir este a abordar un taxi cuando termino de rendir entrevista, lo acribillaron a balazos, esto fue motivo de que corrieran a la fiscal de Minatitlan, pero yo le pregunto al señor fiscal general, se seguirán cumpliendo las practicas añejas dentro de la fiscalía general?, porque siempre se rompe el hilo por lo más delgado?, donde queda la responsabilidad directa del fiscal encargado de la unidad de Cosoleacaque que inicio la carpeta de investigación? Y donde la responsabilidad directa del fiscal de distrito y de la fiscal regional? ya que si el argumento fue que la fiscal a la que corrieron cometió un delito, entonces por lógica jurídica, el fiscal y la fiscal regional, son corresponsables del mismo delito, porque los superiores jerárquicos son considerados autores del delito.

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