Empresario investigado por lavado de dinero, tráfico de drogas y armas. | ||||||
Esta acción se deriva del rastreo de al menos 245 operaciones financieras, realizadas entre los años 2018 y 2023, que presentan posibles elementos de alerta por lavado de dinero | ||||||
Martes 22 de Abril de 2025 | ||||||
Por: Excelsior | ||||||
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De acuerdo con los informes consultados, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), mediante el oficio número 394-4/10961834/2021, solicitó formalmente a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) el bloqueo de siete cuentas bancarias a nombre del señor Almilcar Jhovany Angulo Llanes. Esta acción se deriva del rastreo de al menos 245 operaciones financieras, realizadas entre los años 2018 y 2023, que presentan posibles elementos de alerta por lavado de dinero, tanto en territorio nacional como en el extranjero, especialmente en los Estados Unidos de América. Las investigaciones también señalan posibles vínculos con delitos contra la salud. Una de las cuentas analizadas corresponde a la empresa “Granovi Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Ilimitada”, donde el señor Angulo Llanes figura como apoderado legal. De acuerdo con los reportes, Antonio Angulo Arce habría realizado múltiples transacciones y movimientos en efectivo en dicha cuenta. Asimismo, aparecen otros nombres vinculados a las operaciones financieras, como Juan Carlos Arrechi Castro, Diego Salazar Bedoya, Antonio Rodríguez Flores e Irene F. Merino Quiroz. Es importante destacar que, en el marco de investigaciones por delitos de alto impacto, las autoridades federales no están obligadas a notificar o emitir citatorios previos a las personas investigadas, conforme a los protocolos establecidos en las leyes vigentes y con el fin de preservar el curso y eficacia de las diligencias. Finalmente, reiteramos nuestro compromiso con el derecho a la información, así como con la veracidad y el equilibrio en el ejercicio periodístico, manteniendo siempre respeto por el principio de presunción de inocencia hasta que se determine lo contrario por la autoridad judicial competente. |
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