Elección Judicial: Tribunal Electoral pide al INE definir voto de mexicanos con credencial extranjera. | ||||||
Una diputada de Morena promovió un “juicio de la ciudadanía” ante el Tribunal Electoral, a fin de impugnar la negativa a permitirle votar en el proceso electoral extraordinario próximo del Poder Judicial Federal y local. | ||||||
Miércoles 16 de Abril de 2025 | ||||||
Por: animalpolitico.com | ||||||
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La petición fue aprobada por votación unánime de las magistradas Janine Otalora y Mónica Soto y los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón, quien fue el ponente del asunto. De esta forma, la Sala Superior del Tribunal Electoral revocó un oficio emitido por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del INE por el cual rechazó la solicitud y ordenó al Consejo General del INE emitir una respuesta “con la libertad del plazo que el Instituto estime necesario para definir respeto a esta modalidad de votación”. El origen del caso: una diputada de Morena A principios de año, Maribel Solache González, en su calidad de diputada federal migrante de Morena, presentó ante el INE una solicitud para que se le permitiera votar en el proceso electoral extraordinario para la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación (PJF) ya que, a pesar de ser una funcionaria federal, su domicilio está en el extranjero. En respuesta, el 19 de marzo de 2025, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del INE emitió el oficio INE/DERFE/0369/2025 por el que aseguró que “no existen las bases normativas” para permitir que las personas con credencial para votar desde el extranjero puedan votar en la próxima elección judicial. Es decir, negaron la petición al considerar que la credencial para votar emitida en los Estados Unidos de América no es un documento idóneo para inscribirse en el listado nominal de las personas residentes en México. Así, el 23 de marzo de 2025, Solache González promovió un “juicio de la ciudadanía” ante el Tribunal Electoral, a fin de impugnar la negativa a permitirle votar en el proceso electoral extraordinario próximo del Poder Judicial Federal y local. Con este recurso, la diputada buscaba que la Sala Superior del Tribunal Electoral ordenara la implementación de una modalidad de votación en la que se permita votar a las personas mexicanas empadronadas en el extranjero que se encuentren temporalmente en el país, en alguna casilla instalada en territorio nacional, con la presentación de su credencial para votar desde el exterior. Al emitir su resolución, el magistrado Reyes Rodríguez consideró válida la queja de la diputada al considerar que la resolución de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores fue “una restricción injustificada que afecta el derecho a votar y a participar en asuntos públicos de su país de origen”. “Esta propuesta parte de una premisa central: toda democracia requiere que las personas tengan las mismas capacidades de decisión y acción. Solo así se puede llegar a un equilibrio entre la determinación individual y el autogobierno del estado. Hay un caso claro en el que esta igualdad plasmada en las normas no se traslada a la realidad: la de las personas mexicanas residentes en el extranjero”, dijo el magistrado en la sesión pública del Tribunal Electoral. Tribunal pide al INE definir voto de mexicanos con credencial extranjera Originalmente, el magistrado Rodríguez Mondragón propuso revocar el oficio del Registro Federal de Electores y ordenar al Consejo General del INE implementar acciones necesarias a efecto de permitir a las personas ciudadanas con credencial para votar desde el extranjero emitir su voto desde las ‘casillas especiales’ instaladas en territorio nacional, para los cargos nacionales y las magistraturas de las Salas Regionales del Tribunal Electoral. No obstante, al pedir la palabra la magistrada Janine Otalora explicó que se separaría del proyecto al considerar que la competencia original para resolver el asunto era del Consejo General y no de la Dirección Ejecutiva del INE, por lo que el asunto debía remitirse al Consejo General del INE. “En cuanto a la urgencia cabe señalar que podría ordenarse al INE que resolviera, que emitiese su respuesta en un lapso de 48 horas. En este caso el Consejo General no está sesionando con la presencia de los partidos políticos ni con los legislativos, por ende, no hay esta problemática que se presenta para reunir al Consejo General”, señaló la magistrada. Finalmente, si bien la magistrada Soto y los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes estuvieron de acuerdo en la modificación del proyecto, consideraron que no es pertinente fijar un plazo al Consejo General, por lo que le pidieron analizar técnicamente el impacto que esto podría llevar en la emisión del voto potencial en el exterior, pero con libertad de tiempos y de atribuciones. Por: Alfredo Maza |
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