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Xalapa, Ver.-
Las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortíz Alhf solicitaron al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ordene al Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF) reanudar el proceso de selección de candidatos para la elección judicial del 1 de junio de este año, el cual suspendió desde el pasado martes al acatar una suspensión judicial. Esquivel y Ortiz coincidieron con la postura que un día antes dio la ministra Lenia Batres Guadarra que acusa que el Comité de Evaluación no tiene facultades para suspender el proceso. En redes sociales, la ministra Esquivel publicó un documento de siete puntos, en el que afirma que las únicas facultades constitucionales del Comité son recibir expedientes de los aspirantes, evaluar que cumplan los requisitos de elegibilidad constitucionales y legales e identificar a las personas mejor evaluadas para el cargo, con la finalidad de integrar los listados respectivos. Indica: “El Pleno de la Suprema Corte debe evitar que el Poder Judicial de la Federación no postule a ningún candidato o carezca de ellos, como consecuencia de que estén paralizadas las actividades de su Comité de Evaluación, pues ello afectará principalmente a los aspirantes inscritos en este poder, que ni siquiera han sido llamados como interesados en el juicio de amparo”. De acuerdo con Esquivel, es improcedente suspender el proceso electoral judicial y los actos vinculados a éste, por lo que la Corte debe ordenar a dicho Comité reanude de inmediatamente el proceso de evaluación, a fin de aprobar en febrero próximo la lista definitiva de candidatos idóneos que habían de ser enviada al Senado para una siguiente etapa de selección. Afirma que “La suspensión que ilegalmente decretó el Comité de Evaluación del PJF, afecta tanto a los participantes como a los ciudadanos de votar por los seleccionados del Poder Judicial”. La ministra señala que de todas las impugnaciones contra el proceso de elección de jueces, magistrados y ministros, que instruyó la reforma constitucional en materia judicial, promulgada el 15 de septiembre de 2024, son de carácter electoral por mandato de la propia Constitución, y así lo determinó la Corte el pasado 5 de noviembre en la acción de inconstitucionalidad 164/2024. Por ello, enfatizó que el juicio de amparo no puede asumir competencias del terreno electoral. “Este hecho es del conocimiento tanto del Pleno de la Corte como de los Comités de Evaluación de los tres Poderes de la Unión”, señala. En redes sociales, la ministra Ortiz Ahlf enfatizó que suspender el proceso obstaculiza el avance hacia un sistema judicial más plural, accesible y representativo.
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