| Corte desecha proyecto para establecer que alcaldías de CDMX carecen de 'interés legítimo' para interponer controversias. | ||||||
| El proyecto de la ministra Yasmín Esquivel proponía establecer que alcaldías de la capital del país carecen de “interés legítimo” para interponer controversias constitucionales, un recurso por el cual pueden demandar una posible “invasión de sus competencias” a nivel federal. | ||||||
| Jueves 06 de Noviembre de 2025 | ||||||
| Por: animalpolitico.com | ||||||
En contra de la propuesta votaron los ministros Hugo Aguilar Ortiz, presidente de la Suprema Corte, Arístides Guerrero García y Giovanni Figueroa Mejía, así como las ministras Lenia Batres Guadarrama y Sara Irene Herrerías Guerra, con lo que se alcanzaron los cinco votos para rechazar el proyecto. A favor votaron las ministras Esquivel Mossa, ponente del asunto, Loretta Ortiz Ahlf, María Estela Ríos González y el ministro Irving Espinosa Betanzo. De esta forma, al ser desechada la propuesta por mayoría de votos, el asunto fue returnado para que otra ministra o ministro elabore un proyecto de sentencia por el que proponga una vía alterna al conflicto suscitado entre la alcaldía Miguel Hidalgo y los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Ciudad de México. El conflicto entre la Miguel Hidalgo y la CDMX Desde el 2024, la alcaldía Miguel Hidalgo interpuso una controversia constitucional en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Ciudad de México, demandando la invalidez del “Aviso por el que se dan a conocer los lineamientos técnicos para la elaboración de la constancia de verificación de seguridad estructural en la Ciudad de México”, publicado el 6 de junio de 2024 en la Gaceta Oficial de la ciudad. De acuerdo con las autoridades de la alcaldía, la controversia constitucional fue presentada debido a que con la difusión de este aviso, publicado el 6 de junio de 2024 en la Gaceta Oficial de la ciudad, se cometió una presunta violación a su autonomía administrativa y de gestión. Desde la sesión del pasado 23 de octubre de 2025, la Suprema Corte había comenzado a discutir este proyecto, pero debido a que en ese momento estaban llevando a cabo las audiencias públicas para escuchar a las personas con discapacidad es que se dejó en lista el asunto. Sin embargo, desde aquel entonces las ministras y ministros se habían dividido debido a que la propuesta de la ministra Esquivel Mossa era poner un final definitivo al conflicto sin entrar al fondo del asunto, al considerar que la alcaldía Miguel Hidalgo carece de “interés legítimo” para presentar una controversia. El argumento central de la ponencia de la ministra Esquivel Mossa para desechar la solicitud era que entre los argumentos de invalidez de la alcaldía se señalaban “violaciones indirectas” a la Constitución Federal, al depender de la Constitución y leyes secundarias de la Ciudad de México para definir sus competencias, lo cual no era materia directa de análisis de la Corte. “En las controversias previstas en esta fracción únicamente podrán hacerse valer violaciones a esta Constitución, así como a los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte”, señaló la ministra Esquivel Mossa en su proyecto al hacer referencia al último párrafo de la fracción I del artículo 105 de la Constitución Federal. Ministros chocan por facultad de alcaldías para acudir a la Corte por invasión de competencias Al retomar el debate del asunto, el ministro Giovanni Figueroa Mejía pidió el uso de la voz para posicionarse en contra de la propuesta. “A mi juicio, la alcaldía actora sí cuenta con interés legítimo, en tanto señala que el aviso combatido invade sus facultades constitucionales, establecidas en el artículo 122 […] de la Constitución mexicana, que establece el principio de distribución de competencias”. De esta forma, el ministro recordó que, durante la reforma del 2016, por la que el Distrito Federal se transformó en la Ciudad de México, se determinó en un artículo transitorio que la Constitución y las leyes de la CDMX debían “establecer un ‘piso mínimo’ para las alcaldías, en cuanto a las funciones o facultades que a estas le corresponden”. “De ahí que, si la misma alcaldía argumentó que se transgreden diversas disposiciones de la Constitución mexicana, bajo la premisa de que el aviso controlado afecta su autonomía administrativa y de gestión, entonces no es adecuado que haya un acto o una norma que le quite o restringe precisamente ese piso mínimo”, señaló. En el mismo sentido se posicionó la ministra Lenia Batres Guadarrama, que señaló que su voto sería en contra debido a que “es muy claro que nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos les da facultad de controversia constitucional”. “Aunque es importante precisar que esta posición no prejuzga sobre la constitucionalidad del aviso impugnado, ya que esa es justamente la cuestión de fondo que tendría que resolverse en este Pleno”, señaló. El único que se posicionó públicamente a favor de la propuesta fue el ministro Irving Espinosa Betanzo quien señaló que a su consideración “el mecanismo de control constitucional y la autoridad competente para resolver el presente conflicto debe ser la Sala Constitucional de la Ciudad de México”. “Y esto sí quiero precisarlo (bien) para que no se vaya a generar la idea de que considero que las alcaldías no tienen la posibilidad de promover controversias constitucionales de las cuales pueda conocer esta Suprema Corte”, señaló. Por: Alfredo Maza |
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