Aprueban dictamen que impide impugnar reformas a la Constitución. | ||||||
Luego de casi tres horas de debate, ambas normas fueron aprobadas por 19 votos a favor, de Morena y sus aliados, y 9 en contra, de PAN, PRI y MC. | ||||||
Martes 18 de Febrero de 2025 | ||||||
Por: La Jornada | ||||||
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Luego de casi tres horas de debate, ambas normas fueron aprobadas por 19 votos a favor, de Morena y sus aliados, y 9 en contra, de PAN, PRI y MC. Por lo que se refiere a la minuta recibida del Senado que cambia la Ley de Amparo, se explicó que el propósito es especificar que en aquellos juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten tendrán efectos generales. Además, se busca establecer la obligatoriedad de la observancia de las sentencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para todas las autoridades jurisdiccionales del país, e incorporar que el máximo tribunal puede emitir la declaración de inconstitucionalidad sólo cuando tenga la mayoría de 6 votos de los ministros. En el debate, Emilio Suárez Licona (PRI) alertó que la iniciativa busca terminar definitivamente con la posibilidad de que los ciudadanos se defiendan de los errores o abusos del poder público, en particular al señalar que los amparos otorgados en contra de normas generales no podrán tener efectos generales. “Con esta reforma a la Ley de Amparo, están acabando con un sistema garantista que al país le costó décadas, siglos, construir y consolidar. Convierten a la justicia en algo exclusivo de quienes tengan recursos para defenderse. Esta reforma los pone como traidores a la democracia y a la división de poderes, ¿a qué le tienen miedo, a que la gente se dé cuenta de sus trampas?”, cuestionó. Por el lado de la mayoría, Leonel Godoy (Morena) respondió que con la enmienda “en ningún momento estamos poniendo en riesgo el juicio de amparo, porque los artículos que son materia fundamental del mismo, los 14 y 16 de la Constitución, están intocados”. Ricardo Mejía Berdeja (PT), por su parte, coincidió en que con las reformas no se termina con el juicio de amparo, sino con el “uso faccioso” de ese recurso judicial. “Le cerramos la puerta en las leyes y en la Constitución a las marrullerías de algunos juzgadores” que han abusado de la concesión de amparos, algunos de ellos otorgados “de manera frívola” para obstaculizar proyectos del gobierno. Avanza también la “supremacía constitucional” Por lo que se refiere a la minuta que reglamenta la reforma al artículo 105 constitucional, se explicó que su propósito es establecer la llamada “supremacía constitucional”, es decir, que no se puede interponer ningún recurso legal para frenar cambios o adiciones a la Carta Magna. El panista César Damián alertó que, al invalidar la posibilidad de que se presenten controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad contra las reformas, se abre la puerta a que en el futuro “una súper mayoría” decida quitar los programas sociales o anular la división de poderes. “Nadie podrá hacer nada para evitarlo. (A Morena y sus aliados) no les interesa que haya justicia para las familias mexicanas, sino por el contrario, que nadie los pueda cuestionar”, dijo. En defensa de la minuta, Mary Carmen Bernal (PT) subrayó la necesidad de hacer cambios legales para dejar clara la “supremacía constitucional”, pues alegó que el Poder Judicial se había convertido en un “instrumento de la oposición y no había reforma que aprobáramos que ellos no impugnaran. Los amparos no fueron usados para apoyar al pueblo, sino para atender intereses políticos y económicos” de grupos privados. Hugo Éric Flores (Morena) destacó que la razón de establecer la inviabilidad de las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales en contra de reformas a la Carta Magna es que “se había abusado en las suspensiones”, las cuales se habían convertido en “un gran negocio” de algunos litigantes para frenar proyectos de la mayoría legislativa. |
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