De Veracruz al mundo
Jueces federales critican proyecto del ministro Gutiérrez Ortiz Mena, dejar sin efecto suspensiones a la reforma judicial.
Martes 11 de Febrero de 2025
Por: REDACCION GOBERNANTES
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XALAPA.- Magistrados de circuito acusaron que el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena -que se discutirá el 13 de febrero en el Pleno de la Suprema Corte- va por dictar la “orden encubierta” a los jueces federales de revocar las suspensiones definitivas contra la reforma judicial, que significa dar “el camino libre” al Instituto Nacional Electoral (INE) para continuar con el proceso para la próxima elección judicial del 1 de junio. En la conferencia matutina de los jueces, los magistrados Juan José Olvera López y José Rogelio Alanís García cuestionaron que el proyecto determine que “los jueces también violaron las reglas de amparo al otorgar suspensiones en materia electoral” y les dé un plazo de 24 horas para revisar con ese criterio las medidas cautelares que emitieron contra la reforma judicial, lo que las dejaría sin efectos. El magistrado Olvera expresó: “Lo que es relevante para la decisión (que propone el ministro) es que está realmente ordenando, de una manera indirecta, que se revoquen las suspensiones de amparo y entonces le da el camino libre a las autoridades electorales para que continúen con lo que hasta hoy son claras violaciones a estas suspensiones de amparo”. El mismo magistrado criticó que la propuesta de Gutiérrez Ortiz Mena se base en la jurisprudencia de la Corte que se emitió el 5 de noviembre del 2024, que determinó que la elección judicial está en el terreno electoral, lo que significa que un juez de amparo no puede ordenar que se frene. Sin embargo, los magistrados sostienen que el debate en los juicios de amparo versa en “si esta reforma les pega a otros derechos fundamentales”, pues inicia por la destitución de miles de jueces y magistrados para someter sus cargos a elección popular. Con ello, Olvera criticó que el proyecto descalifique directamente las suspensiones de los jueces de Michoacán y Jalisco que ordenaron a los tres Comités de Evaluación de los Poderes de la Unión frenar su tarea de selección de candidatos y las autoridades electorales detener el proceso de la elección judicial, pues recordó que estas se emitieron antes de dicha jurisprudencia por lo que no les aplica la retroactividad. Indicó: “La Corte ha dicho muchas veces que la jurisprudencia no aplica retroactivamente, obliga a las decisiones que se emiten después de que surge la jurisprudencia. La pretensión del proyecto de que surgió un pronunciamiento de la Corte después y que los jueces tienen que ahora volver a pronunciarse para ajustarse a ese proyecto es cuando menos opinable”. Para el magistrado José Rogelio Alanís García en el debate de la legalidad de la reforma constitucional en materia judicial lo “principal son los derechos que se están haciendo valer en el amparo y lo accidental es la materia electoral”. Indica: “El mecanismo que accidentalmente eligió el órgano reformador de la Constitución para sustituir a estos juzgadores fue el electoral. Pero los juzgadores no van a ser representantes del pueblo. La función de los jueces es que se cumpla y se ha de cumplir la Constitución y las leyes”. El proyecto del ministro Ortiz Mena también declara que las tres sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre dicho tema “son opiniones que no tienen la capacidad de invalidar órdenes de suspensión en juicios de amparo”. Sin embargo, el magistrado Olvera minimizó su impacto. “Lo que diga sobre el Tribunal Electoral, lo que diga sobre las autoridades responsables, que lo dice al inicio de esta propuesta, pues queda como una simple llamada de atención, como una llamada a misa, ‘que lo atiendan si quieren si no no’, porque al final también lo reduce a una cuestión de opinión”, comentó.

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