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Xalapa, Ver.- La Presidenta, Claudia Sheinbaum publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se adicionan un párrafo quinto al artículo 4 y un párrafo segundo al artículo 5, de la Constitución, en materia de salud: la cual prohíbe cigarrillos electrónicos, vapeadores y fentanilo. El documento publicado este viernes 17 de enero especifica que este decreto entra en vigor este sábado, es decir, un día después de la publicación. La ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley; así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas, indica el escrito. Mientras que el artículo 5 especifica que “prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquiera otra de las actividades que refiere el párrafo quinto del artículo 4o. anterior”. En tanto, el Congreso de la Unión tendrá un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de este decreto para armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias con el contenido del presente. De igual manera, las legislaturas de las entidades federativas deben realizar las adecuaciones normativas necesarias para cumplir con lo previsto en el presente Decreto, dentro de los 365 días naturales siguientes a la publicación de este ordenamiento.
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