De Veracruz al mundo
LXVII Legislatura corregiría reforma al Código Civil si así lo pide SCJN, se adelanta Viveros Cházaro.
Sábado 21 de Diciembre de 2024
Por: REDACCION GOBERNANTES
Foto: Google .
Xalapa, Ver.-
Ante el recurso de inconstitucional promovió por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) que analiza la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la modificación que hizo la legislatura pasada al Código Civil para otorgar seguridad a las personas mayores de edad con alguna discapacidad, la presidenta de la Mesa Directiva del Congreso de Veracruz, Tanya Carola Viveros Cházaro, reconoció que les tocará a ellos corregir si hubo errores. De acuerdo con la CNDH, la reforma tiene un enfoque asistencialista y paternalista, y contradice el modelo social de la discapacidad adoptado por México al ser parte de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Ante ello, la legisladora local afirmó que para ello existen las instancias y que, si se resuelve que existe tal inconstitucional, lo que toca “es corregir”. Expresó: “No puedo dar razón de otras Legislaturas, pero vamos a estar atentas para tratar de hacer un trabajo que esté bien realizado. Hay un equipo de asesores y son quienes están con cada una de las bancadas y se va revisando por partes”. La Suprema Corte ordenó la modificación del séptimo párrafo, del artículo 145, del Código Civil del Estado de Veracruz, en el que se establecen medidas de protección para personas mayores de edad con discapacidad a solicitud de la CNDH, ya que considera posee un enfoque asistencialista y paternalista. “Para el caso de personas mayores con discapacidad, que aún se encuentren bajo tutela de excónyuges, en la sentencia de divorcio deberán establecerse las medidas correspondientes para su protección, de conformidad con la legislación vigente, y en estricto apego al ejercicio de sus derechos humanos”, refiere la reforma de la legislatura anterior del Congreso de Veracruz. La CNDH considera que la disposición contraviene el reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, igualdad y no discriminación, seguridad jurídica y principio de legalidad, así como la obligación del Estado de respetar, promover, proteger y garantizar los derechos humanos. En caso de que el fallo de la SCJN sea a favor de la solicitud de la CNDH, sería la segunda vez que señale fallas en las leyes veracruzanas en el mismo tema.




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