Más de 24 mil menores en Registro Nacional de Personas Desaparecidas. | ||||||
Esta población representa el 20.05 por ciento del total de desaparecidos en el país, que suman 119 mil 950. Ante ello, Idheas presentó una guía de aplicación sobre el Protocolo Adicional para la búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes víctimas de desaparición, con el fin de que las familias puedan hacer exigibles sus derechos. | ||||||
Martes 17 de Diciembre de 2024 | ||||||
Por: La Jornada | ||||||
Esta población representa el 20.05 por ciento del total de desaparecidos en el país, que suman 119 mil 950. Ante ello, Idheas presentó una guía de aplicación sobre el Protocolo Adicional para la búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes víctimas de desaparición, con el fin de que las familias puedan hacer exigibles sus derechos. De acuerdo con los datos oficiales, las entidades con más reportes de menores desaparecidos son el estado de México, con 4 mil 457; Jalisco, 2 mil 503; Tamaulipas, 2 mil 180; Ciudad de México, mil 600; Veracruz, mil 308; Tabasco, mil 116, y Nuevo León con mil 159. Del total de 24 mil 53 casos, el 55 por ciento son hombres, el 44.18 por ciento mujeres y en el 0.82 por ciento se desconoce el sexo. En su mayoría son personas de entre 17 y 13 años de edad. En la presentación de la guía, Juan Carlos Gutiérrez, coordinador jurídico de Idheas, destacó que detrás de las desapariciones de menores de edad pueden haber otros delitos, como en el caso de las niñas, en los que se ha encontrado “un vínculo muy fuerte con la trata de personas”. En cuanto a los niños y adolescentes, dijo, una de las violencias puede ser el reclutamiento forzado. En este sentido, resaltó que el protocolo de búsqueda “nos da algunos elementos para poder contextualizar el fenómeno y obligar a las autoridades a realizar acciones de búsqueda inmediata de niños desaparecidos”. Refirió que el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU y diferentes organizaciones internacionales “han hecho bastante recomendaciones en el sentido de ordenar a las autoridades mexicanas a que activen de manera inmediata la búsqueda. La ley general de desaparición señala que en cualquier caso que se relacione con un menor de 18 años, se debe iniciar de manera inmediata”. |
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