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'Nadie puede poner obstáculos': Tribunal Electoral ordena continuar con la elección de jueces de junio de 2025.
La Sala Superior del Tribunal Electoral aprobó una sentencia que deja sin efectos las suspensiones de jueces en contra del proceso electoral de personas juzgadoras.
Lunes 18 de Noviembre de 2024
Por: animalpolitico.com
Foto: TEPJF
Ciudad de México.- “Estamos en un proceso electoral en marcha, y no es viable detenerlo”, con este argumento y por mayoría de tres votos contra tres, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó una sentencia que autoriza al Instituto Nacional Electoral a seguir adelante con la organización de la elección de personas juzgadoras programada para junio de 2025.



El proyecto del magistrado Felipe Fuentes fue aprobado con los votos de la magistrada presidenta, Mónica Soto, el magistrado Felipe de la Mata y el magistrado ponente, quienes consideraron que esta sentencia busca dar certeza a las autoridades electorales y a la sociedad en general respecto a los comicios en los que se pretende elegir a 881 jueces, magistrados y ministros.

La resolución deja sin efecto decenas de suspensiones otorgadas por jueces de distrito en contra de las actividades tendientes a la elección del próximo 2 de junio de 2025.

La sentencia se emitió a raíz de dos recursos: uno interpuesto por el propio INE el 13 de noviembre, en el que se solicita una medida de protección provisional para garantizar la continuidad del proceso electoral. Y otro interpuesto por la Mesa Directiva del Senado de la República, el 25 de octubre, solicitando un pronunciamiento tendiente a garantizar en tiempo y forma el cumplimiento de las funciones del Senado, institución a la que corresponde la convocatoria y otros procesos relacionados con la elección de personas juzgadoras.

En sus acuerdos finales, la sentencia señala:

“Es constitucionalmente inviable suspender la realización del procedimiento electoral de personas juzgadoras o de alguna de las etapas a cargo del Senado de la República, el Instituto Nacional Electoral y de todas las autoridades competentes que participen en su organización y preparación”.

“El Senado de la República, el INE y las demás autoridades competentes deben continuar con las etapas del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, por tratarse de un mandato expresamente previsto en la Constitución general, por lo que ninguna autoridad, poder y órgano del estado pueden suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades relativas a las etapas del proceso electoral extraordinario”.


En la discusión, los magistrados Fuentes y De la Mata argumentaron que es inviable que, por la vía suspensiva o cautelar, se pretenda suspender un proceso electoral que ya ha sido convocado por las autoridades competentes, y que de hecho se puso en marcha desde el pasado 23 de septiembre.


De la Mata detalló que, además, hoy en día se cuenta con dos antecedentes importantes para llevar a cabo las elecciones: por un lado, la reforma denominada como “de supremacía constitucional”, que blinda la reforma constitucional de la que derivan estas elecciones, y por otro lado, las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos en contra de dicha reforma.

Mónica Soto, presidenta de la Sala Superior, argumentó que el Tribunal Electoral tiene facultades para resolver cualquier controversia relacionada con procesos electorales, y ésta no es la excepción.

“Nuestra función nos impone el deber de remover cualquier obstáculo legal o procesal que impida a las autoridades ejercer su función y cumplir con lo constitucionalmente ordenado”, señaló.

Argumentos en contra
Janine Otálora y Reyes Rodríguez votaron en contra de la resolución y presentaron votos particulares, argumentando que el Tribunal Electoral no tiene atribuciones para revocar resoluciones de jueces de distrito que, por la vía del amparo, han emitido suspensiones en contra del proceso electoral judicial 2024-2025.



“El Tribunal Electoral no es órgano competente para resolver actos reclamados por la vía de amparo”, coincidieron.



Otálora y Rodríguez dijeron que la Sala Superior debía esperar a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva un juicio que ya admitió a trámite en octubre, en el que un Tribunal de Circuito federal recurrió para obtener una suspensión definitiva de la elección derivada de la reforma constitucional del Poder Judicial.



Es la segunda vez que Otálora y Rodríguez votan en contra de una resolución que busca dar luz verde al INE para organizar la primera elección del Poder Judicial.

El pasado 23 de octubre, la Sala Superior del TEPJF aprobó una “acción declarativa” solicitada por la presidenta del INE, Guadalupe Taddei, para dar luz verde a los trabajos. Dicha acción declarativa también fue aprobada con los votos de Soto, Fuentes y De la Mata, y el rechazo de Otálora y Rodríguez.

Sin embargo, dicha resolución fue considerada insuficiente por algunas consejeras y consejeros electorales, quienes decidieron mantener en pausa el proceso electoral.

Con la nueva resolución, aprobada la noche de este lunes, el INE podrá levantar la pausa y continuar con los trabajos de la elección judicial, cuando faltan exactamente 194 días para la jornada electoral.

La semana pasada, la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei, aseguró que ya existe un acuerdo entre todos los integrantes del Consejo General para reiniciar a más tardar el próximo miércoles 20 de noviembre.

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