Acuerda CJF medidas para garantizar derechos laborales de empleados del PJF. | ||||||
Asimismo se instruyó a la Visitaduría Judicial para que, dentro de sus indicadores de productividad, no se ha considerado como tiempo efectivo para ninguno de los rubros de evaluación el periodo de suspensión de plazos y términos en los juicios tramitados en los órganos jurisdiccionales federales y áreas administrativas. | ||||||
Jueves 10 de Octubre de 2024 | ||||||
Por: La Jornada | ||||||
Durante la sesión ordinaria que se celebró este miércoles acordaron 26 medidas, relacionadas con la estabilidad laboral, carrera judicial y solicitudes de órganos jurisdiccionales. Respecto a salarios y prestaciones de este año, se acordó los recursos se asignarán en los términos en que fueron aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024. Se determinó que en la elaboración del proyecto de presupuesto para el ejercicio fiscal 2025 se observará rigurosamente el mandato constitucional en respeto de los derechos laborales, así como el pago de pensiones complementarias, apoyos médicos y otras obligaciones de carácter laboral. En los supuestos aplicables, se solicitará un aumento del 5 por ciento salarial, condicionado a la aprobación de la Cámara de Diputados. Tampoco se realizarán ajustes presupuestales en "cascada" para estos casos. Además el CJF entablará un diálogo con las Cámaras de Diputados y Senadores, con la finalidad de analizar el alcance de la garantía de irreductibilidad de los salarios durante la vigencia del encargo. Las plazas a disposición del CJF serán asignadas a las plantillas definitivas de los órganos jurisdiccionales de manera gradual durante el periodo de transición de la Reforma constitucional, atendiendo a las cargas de trabajo de los órganos y tomando en consideración las preferencias manifestadas en el censo. El CJF considera viable el cambio de naturaleza del mayor número posible de plazas de "confianza" a "base". Para esto se requiere de un análisis integral de los manuales, presupuesto y normativa aplicable. Para este efecto, se instruyó a la dirección de asuntos jurídicos; planeación; y de presupuesto realizar los estudios normativos, presupuestales y orgánicos necesarios para determinar aquellos puestos de confianza que pudieran ser susceptibles de modificación de "confianza" a "base". Asimismo, el Consejo solicitará en el proyecto de presupuesto de egresos, los recursos necesarios para la sustitución de la totalidad de las categorías así como el pago de horas extra dentro de los límites establecidos en las leyes laborales. Lo que estará condicionado a la aprobación de la Cámara de Diputados. Exhorto a abatir el retraso laboral tras el paro El pleno refrenda su compromiso de respeto a la totalidad de las condiciones generales de trabajo, como se consagra en el artículo décimo transitorio de la Reforma constitucional. Indica que el pleno es consciente de la carga de trabajo acumulada con motivo de la suspensión de plazos. Por este motivo se exhorta los titulares de los órganos jurisdiccionales que para abatir estas cargas extraordinarias lo realicen de manera gradual y con respecto a las jornadas ordinarias de trabajo. Asimismo se instruyó a la Visitaduría Judicial para que, dentro de sus indicadores de productividad, no se ha considerado como tiempo efectivo para ninguno de los rubros de evaluación el periodo de suspensión de plazos y términos en los juicios tramitados en los órganos jurisdiccionales federales y áreas administrativas. Para tal efecto el desahogo de las visitas programadas para el resto de 2024 se realizará a distancia con la finalidad de optimizar los procesos. Análisis de condiciones de la carrera judicial En materia de Carrera Judicial, el pleno considera viable realizar este análisis siempre y cuando no se vulneren los principios que rigen la carrera judicial y la posible modificación no genera un trato indicativo respecto de quiénes ya integran el sistema de listas. Por tal motivo, se instruyó a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial y a la Escuela Federal de Formación Judicial a realizar los estudios necesarios y mesas de trabajo con las representaciones de las y los servidores públicos y, en su momento, presentar el punto de acuerdo correspondiente. También considera conveniente aumentar el plazo relativo al régimen de movilidad, con la finalidad de otorgar mayor certidumbre a las personas servidoras públicas, reconociendo su antigüedad y méritos laborales. Pero no sólo eso, se acordó que, en atención la Ley de Carrera Judicial, las personas que integran las listas especializadas sólo pueden cubrir vacantes del órgano especializado para el que se concursó. En cuanto a las solicitudes de titulares de órganos jurisdiccionales el Pleno del CJF, indicó que consiente de las necesidades de reconocer la trayectoria de las personas titulares, en sesión del 11 de septiembre del presente año, aprobó modificar y ampliar los supuestos es los que se puede otorgar una pensión complementaria, estableciendo los requisitos necesarios de conformidad con la viabilidad presupuestal. No obstante lo anterior, se instruyó dirección de asuntos jurídicos y de presupuesto analizar la viabilidad de sustituir el requisito de ratificación por uno diverso, toda vez que la reforma constitucional no prevé esta figura y por lo que hace a la antigüedad se realicen los estudios actuariales correspondientes. Determinó que se respetarán los derechos laborales, lo que en el caso de las pensiones complementarias de personas ya jubiladas, tienen el carácter de derechos adquiridos. |
||||||
|
||||||
Nos interesa tu opinión |
||||||
> Directorio > Quiénes somos |
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016 |