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Presenta Consejería de Presidencia recurso contra imputaciones del TEPF en contra de AMLO por uso de programas sociales .
Sábado 20 de Julio de 2024
Por: REDACCION GOBERNANTES
Foto: Google .
Xalapa, Ver.- Nuevamente, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal interpuso un recurso ante la Sala Superior para que revise la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dirigida al presidente Andrés Manuel López Obrador, respecto al uso indebido de programas sociales y la coacción del voto. “Con evidente carencia argumentativa y sin prueba alguna, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) afirma falsamente que existente uso indebido de programas sociales y coacción al voto por parte del titular del Poder Ejecutivo Federal. Los magistrados electorales omiten sustentar, con elementos objetivos, cómo es que una simple expresión se traduce en la coacción a más de 35 millones de personas que votaron a favor de continuar la transformación de nuestro país.” Al fijar un posicionamiento sobre el desempeño de los magistrados Luis Espíndola, Ruben Lara y Mónica Lozano, quienes consideraron que las expresiones de López Obrador vertidas en las conferencias del 9 y 11 de mayo fueron un elemento de presión al electorado para inducir el voto, la Consejería criticó la línea argumentativa en la que asocian la vigencia o beneficios de los programas sociales a que una determinada opción política obtuviera el triunfo en el proceso electoral, lo cual resulta notoriamente falso. Para la Consejería Jurídica las afirmaciones que se incorporan en la resolución “son tan generales y banales, que el propio magistrado Lara Patrón se apartó de los motivos expuestos” pero votó a favor”. La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal presentó un recurso de revisión para que la Sala Superior del TEPJF analice nuevamente los hechos y revoque la sentencia por carecer de los elementos mínimos de fundamentación y motivación, por lo que se hace un nuevo llamado a los magistrados electorales a efecto de que sus resoluciones se sustenten en pruebas, y no en suposiciones personales.

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