De Veracruz al mundo
Obtiene Zerón suspensión para evitar comentarios condenatorios del Gobierno.
No obstante, afirmó que “al no estar determinado de manera definitiva, que Tomás Zerón cometió o participó en la comisión de los hechos que la autoridad señala, y no existe sentencia ejecutoria que así lo establezca, es inconcuso que, las autoridades deben abstenerse de brindar información sugestiva que lo pueda exponer”.
Martes 03 de Octubre de 2023
Por: La Jornada
Foto: .‘La Jornada’ / Archivo
CDMX.- El ex director de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), Tomás Zerón de Lucio, obtuvo una suspensión de un juez federal, que ordena al gobierno federal no realizar ningún comentario incriminatorio o condenatorio en su contra, mientras no exista una sentencia definitiva en su contra en el caso Ayotzinapa.

Hace un mes, el ex funcionario promovió un nuevo juicio de amparo, donde solicitó que le prohíban al subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, Alejandro Encinas, que lo señale públicamente de ser torturador y crear “la verdad histórica, a pesar de que las autoridades lo acusan por su presunta responsabilidad en delitos de tortura, coalición de servidores públicos y desaparición forzada por el caso de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

María Isabel Bernal Hernández, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en materia Administrativa, le otorgó al ex titular de la AIC la medida cautelar y apuntó que los familiares de los 43 estudiantes normalistas “tienen derecho a conocer la verdad histórica del caso Ayotzinapa”, además que se les informe de los avances en relación con el procedimiento, a través de su derecho de acceso a la información.

No obstante, afirmó que “al no estar determinado de manera definitiva, que Tomás Zerón cometió o participó en la comisión de los hechos que la autoridad señala, y no existe sentencia ejecutoria que así lo establezca, es inconcuso que, las autoridades deben abstenerse de brindar información sugestiva que lo pueda exponer”.

Añadió que lo anterior no debe afectar el derecho de acceso a la información de la sociedad, “pues no solo los órganos judiciales, sino también las autoridades públicas están obligados a respetar la presunción de inocencia, en tanto no se declare que una persona es culpable de un hecho que la ley señale como delito ante un tribunal”.

“Se concede la suspensión definitiva para que las autoridades se abstengan de condenar informalmente o a emitir juicio ante la sociedad contribuyendo así a formar una opinión pública, mientras no se acredite conforme a la ley la responsabilidad penal del quejoso, que pudiera constituir una trasgresión al derecho de presunción de inocencia con el que el peticionario cuenta. Las autoridades responsables al informar sobre el caso “Ayotzinapa”, deberán abstenerse de incluir frases incriminatorias en contra del quejoso”, indica el fallo de la juez.

Tomás Zerón enfrenta cuatro causas penales relacionadas con el caso Ayotzinapa, tres en juzgados del Reclusorio Oriente y una en el Sur. La primera orden de aprehensión es de marzo de 2020 y la firmó el juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Oriente por el delito de tortura.

En abril de 2021, la Fiscalía General de la República (FGR) obtuvo la segunda orden de captura por la presunta responsabilidad del ex funcionario en actos de tortura contra El Cepillo. Los interrogadores buscaban que el detenido confesara su participación en la agresión a los 43 estudiantes de la Normal de Ayotzinapa.

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