SCJN declara inconstitucional penalizar la posesión de más de 5g de marihuana. | ||||||
Organizaciones civiles pidieron una revisión de fondo a fin de evitar que se criminalice a los usuarios que consumen cannabis | ||||||
Miércoles 11 de Mayo de 2022 | ||||||
Por: El Heraldo de México | ||||||
Fue durante la sesión ordinaria de la Primera Sala del máximo tribunal cuando tres de cinco ministros se pronunciaron por la invalidez de una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud. En dicho artículo, se permite la posesión de menos de cinco gramos para consumo personal, sin embargo, castiga con una pena de 10 meses a tres años de prisión si excede ese límite. Fue así, como los ministros desestimaron poner un límite a las cantidades de cannabis que una persona pueda traer consigo, sólo si es para uso personal, esto contradice a la Ley General de Salud y el Código Penal Federal. Por su parte, la asociación no gubernamental México Unido contra la Delincuencia (MUCD) señaló como inadecuado dicho proyecto, ya que no elimina el delito de posesión simple de cannabis. |
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