Pensionarán a familias de trabajadores desaparecidos. | ||||||
La reforma, que se envió al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entrada en vigor, prevé que, si un pensionado desaparece de su domicilio, sin que se tengan noticias de su paradero, los familiares disfrutarán de la pensión, previa solicitud. | ||||||
Miércoles 02 de Octubre de 2019 | ||||||
Por: La Jornada | ||||||
La reforma, que se envió al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entrada en vigor, prevé que, si un pensionado desaparece de su domicilio, sin que se tengan noticias de su paradero, los familiares disfrutarán de la pensión, previa solicitud. Únicamente se requerirá que los familiares demuestren la relación de parentesco y la desaparición de la persona, sin que sea necesario promover diligencias formales de ausencia. También prevé que, si posteriormente y en cualquier tiempo, el pensionado se presenta, tendrá derecho a disfrutar él mismo su pensión y recibir las diferencias entre el importe original y el que haya sido entregado a sus familiares. La reforma se respaldó, al considerar que la desaparición de personas constituye un grave problema que requiere mayor sensibilidad del Estado, así como de una profunda solidaridad con los familiares de las personas desaparecidas. Seguridad social a jornaleros agrícolas Esta mañana, también el pleno de la Cámara aprobó una reforma a las leyes del Seguro Social y Federal del Trabajo, para garantizar la seguridad social a trabajadores jornaleros agrícolas Con ello, se prevé que los jornaleros agrícolas puedan ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio, y que los patrones puedan convenir con ellos un programa que permita al Instituto Mexicano del Seguro Social. Para ello se tomarán en cuenta sus condiciones socioeconómicas y valorar si los jornaleros se encuentran en estado de pobreza extrema. |
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