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Ministros de culto, pueden hablar abiertamente sobre todos los asuntos públicos que son de interés para la sociedad: Arquidiócesis..
El pasado 5 de abril de 2018, el ex fiscal especializado en delitos electorales, Dr. Santiago Nieto Castillo, ofreció una magna conferencia sobre Participación Ciudadana en el auditorio Sergio Obeso Rivera, de la Arquidiócesis de Xalapa, en el marco de los Procesos Electorales Local y Federal en que nos encontramos, la conferencia se centró en la participación de la ciudadanía en dichos procesos comiciales.
Domingo 08 de Abril de 2018
Por:
Foto: Especial.
.- Pbro. José Manuel Suazo Reyes

El pasado 5 de abril de 2018, el ex fiscal especializado en delitos electorales, Dr. Santiago Nieto Castillo, ofreció una magna conferencia sobre Participación Ciudadana en el auditorio Sergio Obeso Rivera, de la Arquidiócesis de Xalapa, en el marco de los Procesos Electorales Local y Federal en que nos encontramos, la conferencia se centró en la participación de la ciudadanía en dichos procesos comiciales. Durante su ponencia, el extitular de la FEPADE y Doctor en Derecho, dejó en claro que la única prohibición que tienen los ministros de culto durante los procesos electorales, es la de inducir el voto a favor o en contra de un determinado candidato, partido político o coalición. En efecto, el inciso e) del artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece lo siguiente: “LOS MINISTROS NO PODRÁN ASOCIARSE CON FINES POLÍTICOS NI REALIZAR PROSELITISMO A FAVOR O EN CONTRA DE CANDIDATO, PARTIDO O ASOCIACIÓN POLÍTICA ALGUNA”. Fuera de esa prohibición, los ministros de culto, pueden hablar abiertamente sobre todos los asuntos públicos que son de interés para la sociedad. Los asuntos públicos no son propiedad de ningún partido político, ni de ningún candidato. Son realidades que interesan a todos los ciudadanos. Por lo tanto, los derechos de Libertad de Expresión y de Libertad Religiosa, cualquier persona puede ejercitarlos. Ningún ministro religioso debe sentirse incómodo o coartado al momento de manifestar sus puntos de vista sobre los asuntos públicos, aun cuando se encuentre en un lugar o acto de culto. Ciertamente el ejercicio de estos derechos de libertad de expresión y libertad religiosa, debe mantenerse dentro de los márgenes que señalan la misma Constitución y las leyes de la materia. En este sentido, un ministro de culto puede hablar sobre la importancia de la participación ciudadana en las elecciones como un deber ciudadano y cristiano, incluso como hemos dicho estando en un lugar o acto de culto. Es necesario participar en los procesos electorales local y federal. Un ciudadano participa mediante cuatro acciones principales: 1. Informándose y conociendo a los diferentes candidatos así como sus propuestas, principios que los mueven y plataformas. 2. Haciendo un discernimiento a la luz de sus propias convicciones para decidir el sentido de su voto. 3. Votando en forma libre, responsable e informada y 4. Dando seguimiento a las políticas y programas que la autoridad legítimamente constituida, lleva a cabo una vez que comienza su gestión pública. La participación ciudadana es una constante que debe tener lugar antes, durante y después del voto. Un ministro de culto también puede hablar sobre el ejercicio del voto libre, secreto, informado y responsable, en los contextos que le son propios. Los ministros de culto en el desempeño de su labor pastoral pueden y deben motivar a sus feligreses a que participen en las elecciones, pero también a que defiendan la integridad moral de su sufragio. No es ético comprar votos, ni lucrar con las necesidades más sentidas de la población vulnerable, ni vender las credenciales de elector, eso es una forma perversa de corrupción. Un ministro de culto puede promover los derechos humanos de libertad religiosa y libertad de conciencia. Todo ciudadano desarrolla su vida sobre la base de una serie de valores y principios que brotan de su dignidad humana y de su escala de valores y principios morales en los que cree. Es lícito por lo tanto, que una persona decida el sentido de su voto, según sus principios éticos. Así mismo, un ministro de culto puede exponer la doctrina cristiana en términos generales sobre temas variados. La Iglesia Católica es una Asociación Religiosa reconocida por el Estado, por lo tanto tiene la libertad de hablar, defender y exponer los principios que forman parte de su doctrina y de su vida. De ahí la posibilidad de expresar sus puntos de vista sobre asuntos que considera son fundamentales en la vida de las personas, como la vida humana, la familia natural, el matrimonio, el bien común, entre otros muchos asuntos. El ciudadano tiene derecho a saber cuál es el parecer de los candidatos sobre estos aspectos. No se pueden relegar estos temas al terreno de lo privado, ni esconder sus posicionamientos por conveniencias políticas. Debido a todo esto la Iglesia Católica que peregrina en esta arquidiócesis de Xalapa, estará animando a sus feligreses y ofrecerá capacitaciones ciudadanas para que las personas participen en las elecciones de manera consiente, emitan un sufragio informado y libre, y cuiden el sentido de su voto. Pbro. José Manuel Suazo Reyes Director Oficina de Comunicación Social Arquidiócesis de XalapaLA PARTICIPACIÓN CIUDADANA El pasado 5 de abril de 2018, el ex fiscal especializado en delitos electorales, Dr. Santiago Nieto Castillo, ofreció una magna conferencia sobre Participación Ciudadana en el auditorio Sergio Obeso Rivera, de la Arquidiócesis de Xalapa, en el marco de los Procesos Electorales Local y Federal en que nos encontramos, la conferencia se centró en la participación de la ciudadanía en dichos procesos comiciales. Durante su ponencia, el extitular de la FEPADE y Doctor en Derecho, dejó en claro que la única prohibición que tienen los ministros de culto durante los procesos electorales, es la de inducir el voto a favor o en contra de un determinado candidato, partido político o coalición. En efecto, el inciso e) del artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece lo siguiente: “LOS MINISTROS NO PODRÁN ASOCIARSE CON FINES POLÍTICOS NI REALIZAR PROSELITISMO A FAVOR O EN CONTRA DE CANDIDATO, PARTIDO O ASOCIACIÓN POLÍTICA ALGUNA”. Fuera de esa prohibición, los ministros de culto, pueden hablar abiertamente sobre todos los asuntos públicos que son de interés para la sociedad. Los asuntos públicos no son propiedad de ningún partido político, ni de ningún candidato. Son realidades que interesan a todos los ciudadanos. Por lo tanto, los derechos de Libertad de Expresión y de Libertad Religiosa, cualquier persona puede ejercitarlos. Ningún ministro religioso debe sentirse incómodo o coartado al momento de manifestar sus puntos de vista sobre los asuntos públicos, aun cuando se encuentre en un lugar o acto de culto. Ciertamente el ejercicio de estos derechos de libertad de expresión y libertad religiosa, debe mantenerse dentro de los márgenes que señalan la misma Constitución y las leyes de la materia. En este sentido, un ministro de culto puede hablar sobre la importancia de la participación ciudadana en las elecciones como un deber ciudadano y cristiano, incluso como hemos dicho estando en un lugar o acto de culto. Es necesario participar en los procesos electorales local y federal. Un ciudadano participa mediante cuatro acciones principales: 1. Informándose y conociendo a los diferentes candidatos así como sus propuestas, principios que los mueven y plataformas. 2. Haciendo un discernimiento a la luz de sus propias convicciones para decidir el sentido de su voto. 3. Votando en forma libre, responsable e informada y 4. Dando seguimiento a las políticas y programas que la autoridad legítimamente constituida, lleva a cabo una vez que comienza su gestión pública. La participación ciudadana es una constante que debe tener lugar antes, durante y después del voto. Un ministro de culto también puede hablar sobre el ejercicio del voto libre, secreto, informado y responsable, en los contextos que le son propios. Los ministros de culto en el desempeño de su labor pastoral pueden y deben motivar a sus feligreses a que participen en las elecciones, pero también a que defiendan la integridad moral de su sufragio. No es ético comprar votos, ni lucrar con las necesidades más sentidas de la población vulnerable, ni vender las credenciales de elector, eso es una forma perversa de corrupción. Un ministro de culto puede promover los derechos humanos de libertad religiosa y libertad de conciencia. Todo ciudadano desarrolla su vida sobre la base de una serie de valores y principios que brotan de su dignidad humana y de su escala de valores y principios morales en los que cree. Es lícito por lo tanto, que una persona decida el sentido de su voto, según sus principios éticos. Así mismo, un ministro de culto puede exponer la doctrina cristiana en términos generales sobre temas variados. La Iglesia Católica es una Asociación Religiosa reconocida por el Estado, por lo tanto tiene la libertad de hablar, defender y exponer los principios que forman parte de su doctrina y de su vida. De ahí la posibilidad de expresar sus puntos de vista sobre asuntos que considera son fundamentales en la vida de las personas, como la vida humana, la familia natural, el matrimonio, el bien común, entre otros muchos asuntos. El ciudadano tiene derecho a saber cuál es el parecer de los candidatos sobre estos aspectos. No se pueden relegar estos temas al terreno de lo privado, ni esconder sus posicionamientos por conveniencias políticas. Debido a todo esto la Iglesia Católica que peregrina en esta arquidiócesis de Xalapa, estará animando a sus feligreses y ofrecerá capacitaciones ciudadanas para que las personas participen en las elecciones de manera consiente, emitan un sufragio informado y libre, y cuiden el sentido de su voto.

Pbro. José Manuel Suazo Reyes Director Oficina de Comunicación Social Arquidiócesis de Xalapa

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