De Veracruz al mundo
La CNDH acusa al ISSSTE de causar la muerte de bebé por maltratar a su madre, una indígena mixteca.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación contra el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y la Procuraduría General de la República (PGR) por negligencia cometida contra una mujer indígena embarazada en Baja California, que derivó en la muerte del bebé.
Domingo 07 de Enero de 2018
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Foto: Cuartoscuro .
.- Médicos de una clínica del ISSSTE en San Quintín enviaron a una mujer de origen mixteco a atender su embarazo en un hospital de Ensenada. Durante su traslado en la ambulancia, la víctima presentó sangrado y expulsión de heces fecales; el enfermero que la acompañaba no le realizó aseo necesario para evitar que su bebé se contaminara.


La mujer fue dada de alta al día siguiente. Salió del hospital por su propio pie, pues personal médico le indicó que no necesitaba una ambulancia que la llevara a su casa porque no se le realizó cirugía. Veinticuatro horas después su bebé perdió la vida a causa de una infección.


La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación contra el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y la Procuraduría General de la República (PGR) por negligencia cometida contra una mujer indígena embarazada en Baja California, que derivó en la muerte del bebé.

De acuerdo con el organismo nacional, la mujer de origen mixteco acudió con fuertes dolores de parto a una clínica del ISSSTE en San Quintín, donde los médicos la habrían valorado y ordenaron llevarla a otro hospital en el municipio de Ensenada.

Durante el traslado en la ambulancia se intensificaron los dolores. La mujer presentó sangrado y expulsión de heces fecales; al solicitar apoyo para asearse, el personal de enfermería que la acompañaba sólo le proporcionó una bata.

Al llegar al hospital de Ensenada, la mujer dio a luz sin que hubiera condiciones óptimas para el alumbramiento. Fue dada de alta un día después, y al solicitar una ambulancia para su regreso a San Quintín, el personal médico le aseguró que no había unidades disponibles, pero que además “no lo requería” porque no se le práctico ninguna cirugía.


Un día después, la madre se percató que el recién nacido presentaba sangrado en boca y genitales, por lo que acudió a la Unidad Médica en San Quintín, donde le informaron que el bebé no tenía ritmo cardíaco.

En su investigación, la CNDH acreditó que el enfermero que acompañó a la agraviada en la ambulancia incurrió en violencia obstétrica, pues no le realizó aseo de la región perineal y en la cara interna de los muslos para que el producto no se contaminara con las heces fecales de la madre, lo que originó que el bebé desarrollara un proceso infeccioso denominado “Sepsis Neonatal Temprana”, que derivó en su fallecimiento.

Además, señaló el organismo, el personal médico no atendió adecuadamente al recién nacido a pesar de haberlo reportado como producto de parto fortuito y potencialmente infectado.

“Se limitó a solicitar exámenes de laboratorio y darlo de alta sin tener los resultados de dichos estudios, omitiendo prescribir los medicamentos adecuados para combatir la infección, por lo que incurrió en negligencia médica y violación al interés superior de la niñez”, explicó la CNDH.

A la mujer tampoco se le brindó información oportuna sobre su estado de salud, fue dada de alta de manera precipitada y , además, hubo inadecuada integración del expediente clínico y extravío de notas médicas relativas a la atención que se le brindó posterior al parto.

Por lo que respecta a la PGR, la Comisión detalló que las autoridades ministeriales no realizaron las diligencias necesarias para esclarecer los hechos; omitieron investigar la totalidad de los hechos denunciados por la agraviada, así como obtener los dictámenes médicos indispensables para la integración del expediente, lo que vulnera el derecho a la adecuada procuración de justicia.


“Esta Comisión Nacional cuenta con elementos que acreditan la violación a los derechos humanos a la protección a la salud, a la verdad, a la libertad, a una vida libre de violencia obstétrica, y a la información en materia de salud, cometidos por servidores públicos del ISSSTE, así como a la justicia en su modalidad de inadecuada procuración de justicia por personal de la PGR, ambos en Ensenada, Baja California”, se lee en la recomendación 75/2017.

Por lo anterior, la CNDH solicitó al Director del ISSSTE, José Reyes Baeza Terrazas, reparar el daño a las víctimas, que incluya compensación, atención médica, psicológica y tanatológica, así como colaborar en la presentación y seguimiento de la queja ante el Órgano Interno de Control contra los servidores públicos responsables y en la denuncia de hechos que se formule ante la PGR.

La comisión también le solicitó capacitar al personal médico de la Clínica de San Quintín en materia de violencia obstétrica y observancia de las Normas NOM-004-SSA3-2012 y NOM-007-SSA2-2016; garantizar el resguardo de los expedientes clínicos debidamente integrados; verificar e informar sobre las condiciones en que brindan atención las clínicas de San Quintín y Ensenada, y de ser el caso dotarlas de equipos, infraestructura y personal médico.

A la PGR se le solicitó continuar con la investigación de los hechos; dar trámite a la queja administrativa que se promueva ante la Visitaduría General de la PGR, respecto de los servidores públicos involucrados y capacitar al personal ministerial y pericial en materia de derechos humanos.

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