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Ordena el INE cambiar el nombre a la coalición Meade Ciudadano por México.
Por mayoría de votos, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) dio a PRI, PVEM y Partido Nueva Alianza (Panal) un plazo de 10 días para que cambien el nombre de la coalición "Meade Ciudadano por México", al considerar que afecta los principios de equidad y certeza.
Sábado 06 de Enero de 2018
Por: jornada.unam.mx
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- Por mayoría de votos, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) dio a PRI, PVEM y Partido Nueva Alianza (Panal) un plazo de 10 días para que cambien el nombre de la coalición Meade Ciudadano por México, al considerar que afecta los principios de equidad y certeza.

Los partidos sancionados anunciaron que impugnarán la decisión ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Durante una sesión extraordinaria, los representantes de los institutos políticos y el consejero Enrique Andrade cuestionaron la facultad del consejo para declarar improcedente la denominación.

Andrade señaló que la determinación afecta la libertad de decisión de los partidos y su vida interna. No existe fundamento jurídico sobre los requisitos de una denominación para las coaliciones o, en su caso las prohibiciones, sostuvo. Mientras PRI, PVEM y Panal insistieron en que no hay una prohibición expresa en la ley para usar el nombre en el proceso electoral.

También el consejero Marco Antonio Baños rechazó el cambio y manifestó que si la promoción del precandidato presidencial causa impacto en el tope de gastos de campaña de los 165 candidatos restantes de la coalición (a diputados federales y senadores, por el principio de mayoría relativa), sería responsabilidad de los partidos.

Consideró que no es obligatorio usar la nominación de las coaliciones en los espots, y refutó que se utilizara el caso Malova (la inclusión del acrónimo de Mario López Valdez, candidato a gobernador de Sinaloa hace más de siete años) en el proyecto, por haberse atendido con una legislación distinta.

Al avalar el cambio de nombre, nueve integrantes del Consejo General, incluido el consejero presidente Lorenzo Córdova, respaldaron las razones expresadas por Benito Nacif, presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, de que tal como está, la denominación afectaría los principios de equidad y certeza, pues había una sobrexposición del apellido del precandidato presidencial, José Antonio Meade, y podría generar confusión en la ciudadanía para elegir a quienes, dentro de la coalición, ostentarían candidaturas a diputados y senadores.

De igual manera, indicó, la equidad se vería violentada en relación con el acceso a tiempos en radio y televisión, lo que repercutiría en la fiscalización de los recursos.

Si lo avalamos, desde aquí autorizaríamos que se beneficie, en cualquier mención de la campaña de los otros 165 candidatos, al de la Presidencia, señaló a su vez el consejero Ciro Murayama.

Córdova destacó que por primera vez se resuelve un asunto de esta naturaleza, al amparo de las más recientes normas electorales –donde se apropó la coalición entre PRI, PVEM y Panal, pero no su denominación. Y resaltó que ante problemas de certeza, la autoridad electoral debe tomar definiciones.

Dijo que si los partidos no utilizarán la denominación de la coalición en espots, ¡para qué le ponen ese nombre! Porque usarlo eventualmente los coloca en un escenario de violación a las normas. Lo anterior, porque la ley obliga a que en los promocionales de radio y televisión se identifique la coalición para todos los cargos.

Jorge Herrera, del PVEM, insistió en que los consejeros que avalaron el cambio de nombre sobrerregularon algo para lo que no tienen facultades, mientras Claudia Pastor, representante del PRI ante el INE, dijo que la decisión es restrictiva y cambia las reglas del juego. Rechazó que con el nombre de la coalición estén violando el principio de certeza o que genere confusión entre el electorado, como se señaló.

A su vez, Marco Alberto Macías, representante de Nueva Alianza, sostuvo que el rechazo de la denominación es una interpretación forzada. “Se están extralimitando, en menoscabo del principio de legalidad… indebido para preservar los principios constitucionalmente salvaguardados”.

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