Aprueba Senado reforma para ley general contra extorsión, delito que se incrementó en 57% con AMLO y lo heredó a Sheinbaum MEMORANDUM 1.- Por unanimidad, el Senado de la República aprobó hoy la reforma al Artículo 73 Constitucional que faculta al Congreso para emitir una ley general en materia de extorsión, encaminada a combatir de manera integral ese delito que va al alza, es el que más lacera a la sociedad y deja ganancias millonarias al crimen organizado. Con 106 votos a favor y cero en contra, el Senado avaló esa minuta que fue turnada de inmediato a los congresos locales, donde se prevé que será avalada con celeridad. Morena destacó que habrá una ley que unifique criterios y cierre vacíos legales. La oposición demandó que a la par de la nueva legislación, actúen las autoridades de los tres niveles de gobierno. Durante la discusión hubo denuncias de legisladores de todas las fuerzas políticas sobe las diversas modalidades de extorsión que se padece en varios estados. Al presentar el dictamen, el presidente la Comisión de Puntos Constitucionales, Óscar Cantón Zetina, resaltó que se trata de una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum, que otorga al Congreso de la Unión la facultad de expedir una ley que unifique criterios, cierre vacíos legales y proteja de manera integral a la sociedad al establecer un marco homogéneo. Además, agregó, establece la coordinación, sobre todo, de los tres niveles de gobierno para prevenir, investigar y sancionar la extorsión bajo un mismo modelo nacional. A su vez, la presidenta de la Comisión de Seguridad Pública, Lucía Trasviña, resaltó que se trata de un flagelo, una a amenaza cotidiana en contra de la paz pública, el patrimonio y la integridad de millones de mexicanas y de mexicanos. Expuso que de acuerdo con cifras del secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los últimos seis años la extorsión se incrementó en 57 por ciento. El Inegi señala, agregó, que en 2023 la extorsión fue el delito más frecuente contra las unidades económicas con un costo superior a 124 mil millones de pesos equivalentes al 0.51 del Producto Interno Bruto. “Estos datos no son números fríos, representan a familias, trabajadoras, pequeños empresarios, pequeños comerciantes que viven constantemente bajo esta amenaza, bajo el miedo, bajo el temor de la pérdida patrimonial, amén, de otro tipo de acechos que van en contra de su integridad física y también de la propia de sus familias”. Aunado a ello, el país enfrenta “un mosaico de regulaciones fragmentadas, mientras en el ámbito federal la pena por extorsión va de 2 a 8 años, en Chihuahua alcanza hasta 30 años y en Oaxaca apenas llega a 3 años”. Tal disparidad, “no sólo es injusta, debilita el sistema de justicia y abre márgenes de impunidad. Por eso es urgente unificar y homologar con esta reforma. El Congreso podrá expedir una ley general en materia de extorsión que establezca el tipo penal, sus agravantes, los delitos vinculados y las sanciones aplicables en todo el territorio nacional”. La senadora del PAN, Verónica Rodríguez, hizo notar que “faltan las leyes secundarias y sobre todo falta verdadera acción del gobierno, que hoy reconoce que hay un problema grave de extorsión. Dijo que de acuerdo con datos de la Coparmex, en el primer semestre del año se registraron 5 mil 887 víctimas de extorsión en México, la cifra más alta en registros oficiales, con un aumento del 83 por ciento en los últimos diez años.
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José Luis Abarca, exalcalde de Iguala, obtiene amparo contra condena de 92 años por secuestro MEMORANDUM 2.- José Luis Abarca Velázquez, ex alcalde de Iguala, Guerrero, recibió la protección de un Tribunal Colegiado de Apelación con residencia en Tamaulipas, que ordenó la suspensión de la condena de 92 años y seis meses de prisión por el secuestro de integrantes del Frente de Unidad Popular (FUP) de Iguala, entre ellos el líder del movimiento, Arturo Hernández Cardona. La medida frena la ejecución de la sentencia mientras se resuelve el juicio de amparo promovido por la defensa del ex funcionario, quien permanece en prisión por otros delitos. El Colegiado resolvió que los padres de los 43 estudiantes desaparecidos de la Escuela Normal Rural, Isidro Burgos de Ayotzinapa, “si bien fueron reconocidos como víctimas en la causa penal de origen, no ostentan la calidad de terceros interesados en el amparo directo promovido por José Luis Abarca Velázquez, toda vez que la condena que se le atribuye no afecta de manera directa la reparación del daño”. Argumentó que en lo que concierne al sentenciado José Luis Abarca Velázquez, la condena que se le impuso “se circunscribe al delito de secuestro cometido en agravio de las víctimas Nicolás Mendoza Villa, Gregorio Dante y/o Dante Cervantes Delgado, Efraín Amantes Luna, Héctor Arroyo Delgado y/o Ramírez, Bogar Román Altamirano, Rubí Díaz Mena y Carolina Mena Marchan”. En mayo de 2023, Samuel Ventura Ramos, titular del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales con residencia en Matamoros absolvió al ex alcalde de Iguala, Guerrero, por su presunta responsabilidad en los delitos de delincuencia organizada, relativo al caso Ayotzinapa. La sentencia quedó en firme luego de que el fallo lo confirmó un Tribunal Colegiado de la entidad, por lo que la Fiscalía General de la República (FGR) no pudo impugnar. En aquella ocasión se determinó que los elementos de prueba que presentó la entonces Procuraduría General de la República (PGR) fueron insuficientes para acreditar el delito de delincuencia organizada. Pero no solo eso, algunos involucrados en el caso no rindieron su declaración de manera libre y voluntaria, toda vez que lo hicieron bajo coacción o tortura, además de que otros de los acusados fueron detenidos ilegalmente por la PGR.
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Repartidores de Didi y Rappi deben ganar 11 mil 948 pesos, para lograr seguridad social; Piden ajustar cálculo de ingreso MEMORANDUM 3.- Para alcanzar la meta prevista por el gobierno federal, de garantizar que al menos 300 mil trabajadores de plataformas digitales por mes cuenten con seguridad social plena, es necesario que se reduzcan los porcentajes de exclusión que se utilizan para calcular el ingreso mensual de conductores y repartidores, señala Ángel Pazos, coordinador del Diálogo Sindical de la Fundación Friedrich Ebert. En conferencia de prensa, recordó que los resultados del segundo mes de la prueba piloto para personas que laboran en plataformas digitales, arrojaron que de las 1.2 millones de trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), sólo 133 mil 178 (13.6 por ciento del total) superaron el umbral del ingreso neto mensual (INM). Por ello, advierte que el criterio utilizado para calcular este ingreso limita el acceso a los trabajadores de plataformas a los cinco seguros de la ley del IMSS, entre ellos atención médica general, guarderías, ahorro para el retiro o pensión por invalidez. El INM se calcula con base en el ingreso total del trabajador, menos el porcentaje de exclusión, este último representa el costo de las herramientas de trabajo. La primera fase del plan piloto concluye en este mes. La segunda etapa se llevará a cabo entre octubre y diciembre del 2025. "La gran duda es qué porcentaje se tomará en enero (del 2026), cuando sea la aplicación plena de la ley", apuntó Pazos. Explicó que para el próximo mes, se aplicarán porcentajes de exclusión de 36 por ciento para trabajadores de plataformas que conduzcan automóvil, por lo que deberán generar ingresos de más de 13 mil pesos. Quien preste sus servicios a través de motocicleta deberán ganar 11 mil 948 pesos, pues se le explicará un factor de 30 por ciento de exclusión. En el caso de las personas que no usen vehículos motorizados, tendrán que percibir 9 mil 500 pesos, con 12 por ciento de exclusión. El especialista mencionó que es importante que las empresas de plataformas digitales reconozcan el tiempo completo de conexión de los trabajadores y añadió que también deberían hacerse cargo del costo de algunas herramientas de trabajo, como las mochilas, celulares o la gasolina.
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