De Veracruz al mundo
¿Transparencia para el pueblo? desechan 99 % de solicitudes de acceso a la información; Artículo 19 advierte retroceso.
La plataforma Transparencia para el Pueblo ha rechazado el 99.6 % de los recursos de revisión, advierte la organización internacional Artículo 19.
Miércoles 06 de Agosto de 2025
Por: animalpolitico.com
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- A menos de tres meses de haber iniciado funciones, el organismo encargado de sustituir al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Datos Personales (INAI), Transparencia para el Pueblo, ha desechado el 99.6 % de los recursos de revisión, lo que implica un retroceso para el acceso a la información, advierte Artículo 19.

De los 2 mil 253 recursos recibidos por el nuevo órgano, solo 457 han sido reportados como resueltos, pero casi la totalidad, 455, resultaron desechados.

De acuerdo con la organización defensora de derechos humanos, este patrón plantea serias dudas sobre la eficacia y legitimidad del nuevo organismo como garante del derecho de acceso a la información pública en México.


El 12 de mayo de 2025, la plataforma del organismo Transparencia para el Pueblo comenzó de forma oficial sus funciones, tras un periodo de transición institucional que dejó en pausa la atención de recursos. Su función principal es resolver los casos en los que las dependencias federales no responden a solicitudes de información, sin embargo, los argumentos utilizados para desechar los recursos en su mayoría son “de carácter estrictamente formal”; es decir, el incumplimiento de requisitos legales o la falta de respuesta de las personas solicitantes a requerimientos emitidos durante el proceso.

En ese sentido, Artículo 19 señala que el organismo no ha establecido mecanismos adecuados para orientar a las personas solicitantes a corregir errores y continuar con el trámite. “En lugar de garantizar el derecho, Transparencia para el Pueblo se ha convertido en un muro burocrático”, advierten en un comunicado publicado en sus redes sociales.

Este enfoque contraviene principios establecidos en la propia legislación, como los artículos 148 y 169 de la Ley General de Transparencia, que obligan a la autoridad revisora a suplir las deficiencias de la queja y evitar desechamientos por tecnicismos.

A diferencia del extinto INAI, que operaba como un órgano autónomo, Transparencia para el Pueblo depende jerárquicamente del Poder Ejecutivo federal, lo que puede comprometer su imparcialidad y autonomía.


Advierten riesgos para el acceso a la información
Desde su creación, Artículo 19 y otras organizaciones, han advertido sobre los riesgos de que un organismo revisor se ubique dentro de la misma estructura que debe vigilar, pues las resoluciones emitidas podrían favorecer a las instituciones que niegan la información, tal como se ha denunciado qué pasa actualmente.


Sin embargo, esta preocupación no se limita al ámbito federal, pues en al menos 23 estados de la república, gobiernos estatales han replicado esquemas similares, trasladando las funciones de los órganos locales de transparencia a dependencias como contralorías estatales o secretarías anticorrupción.

Además, 13 estados han reformado sus legislaciones para ampliar las causales de reserva de información, lo que refuerza una preocupante tendencia hacia la opacidad institucional, según se advierte en el comunicado.


“El derecho de acceso a la información es una herramienta fundamental para la participación ciudadana, la rendición de cuentas y la vigilancia del poder público. Su debilitamiento representa no solo un retroceso democrático, sino una vulneración directa a los derechos humanos”.



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