De Veracruz al mundo
Ex colaborador de Duarte deberá devolver más de 2 mil 500 mdp.
El magistrado concluyó que no se vulneró el principio de tipicidad cuando se le imputó la transgresión a la normatividad legal y reglamentaria.
Miércoles 19 de Enero de 2022
Por: La Jornada
Foto: Facebook.com
Ciudad de México.- Carlos Aguirre Morales, ex subsecretario de Egresos de la Secretaría de Finanzas del gobierno de Veracruz durante la gestión de Javier Duarte, tendrá que devolver a la federación más de 2 mil 500 millones de pesos. Este miércoles, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) resolvió un juicio contencioso más en contra del ex funcionario, donde confirmó la resolución de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), que le impuso el pago de una responsabilidad resarcitoria por 278.7 millones de pesos.

Por unanimidad, el pleno aprobó el proyecto del magistrado Guillermo Valls Esponda, quien argumentó que de acuerdo a un análisis de la tipicidad y el fincamiento de responsabilidades así como el daño causado, concluyó que se precisaron las situaciones en las que incurrió el ex funcionario, “se suscitaron los fundamentos y motivos que obligaban al ex subsecretario de egresos de la Secretaría de Finanzas y Planeación del gobierno del estado de Veracruz a coordinar y dar un debido seguimiento al ejercicio de los recursos económicos asignados a la secretaría, así como resguardar, conservar y custodiar el conjunto de la documentación contable y presupuestal, consistente en libros de contabilidad, registros contables y documentación comprobatoria y justificatoria del gasto público”.

Pero no solo eso, el magistrado añadió que Carlos Aguirre Morales también debió “coadyuvar con la información a la Contraloría General para que los recursos financieros ministrados por la federación al gobierno del estado, sean canalizados a los objetivos propuestos en los programas respectivos, aunado a que durante el desahogo de la audiencia, con las probanzas aportadas en la instancia administrativa, el actor no logra desvirtuar la conducta que se le atribuyó, máxime que la carga probatoria recaía precisamente en él”.

El magistrado concluyó que no se vulneró el principio de tipicidad cuando se le imputó la transgresión a la normatividad legal y reglamentaria. “Se acredita que la actuación de la autoridad cumplió con los requisitos de fundamentación y motivación, es decir, en el caso concreto, se configuraron las hipótesis normativas especificándose como su conducta causo el daño patrimonial que se le atribuye”. Por ello, apuntó, que son infundados los argumentos del ex funcionario porque del análisis de la resolución se desprende que la parte demandada (ASF) realizó “una suficiente y válida contestación planteado por el recurrente”.

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