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Aumento de población penitenciaria y fabricación de culpables: consecuencias de incrementar delitos de prisión preventiva oficiosa.
Especialistas advierten que no hay evidencia de que aumentar la lista de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa se haya traducido en más protección a víctimas o el fortalecimiento de los procesos de investigación de las autoridades.
Miércoles 14 de Agosto de 2024
Por: animalpolitico.com
Foto: X.
Ciudad de México.- Un considerable aumento de la población penitenciaria -en su mayoría de personas indígenas, pobres, migrantes y con baja escolaridad- y fabricación de culpables -en delitos como la extorsión y narcomenudeo- podrían estar entre las principales consecuencias de incrementar los delitos que ameritan la figura de prisión preventiva oficiosa o prisión automática.

Ayer, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 26 votos a favor y 14 en contra, la iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador por la que busca reformar el artículo 19 de la Constitución, para sumar más delitos a la lista de ilícitos que ameritan la figura de prisión automática, además de poner un candado para que ni jueces ni la Suprema Corte eviten que esta medida cautelar se aplique.

Efectos de más delitos que ameriten prisión automática, según especialistas
Sin embargo, especialistas en la materia refieren que no existe evidencia que demuestre que aumentar los delitos del artículo 19 constitucional se haya traducido en mayor protección para las víctimas o el fortalecimiento de los procesos de investigación de las autoridades.

“Al contrario, la debilita y le da mayor poder y discreción al Ministerio Público y a la policía y entonces no beneficia a las víctimas porque no se esclarecen los delitos”, señala el abogado Luis Tapia, especialista en derechos humanos y derecho penal, en entrevista con Animal Político.

Morena amplía catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa; pone candado para que la Corte no evite su aplicación



En julio de 2024, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) publicó los resultados de su Censo Nacional de Sistemas Penitenciarios en los ámbitos federal y estatal, en los que señaló que el 37% de la población privada de la libertad no tiene sentencia. En otras palabras, que 4 de cada 10 internos permanece en la cárcel pese a ser considerado inocente.

De esta población sin sentencia (86 mil 984 personas), el 44.3 % se encontraba en prisión preventiva oficiosa (38 mil 533 personas); 32.5 %, en prisión preventiva justificada (28 mil 269 personas); 3.5 %, en otro supuesto jurídico (3 mil 44 personas), y para 19.7 % no se identificó el tipo de estatus jurídico (17 mil 135 personas).


Sin embargo, al abogado Luis Tapia refiere que es importante hacer énfasis en que antes del 2019, cuando el presidente López Obrador aprobó la primera de sus modificaciones al artículo 19 constitucional, en las que sumó delitos como el huachicol o el uso de programas sociales con fines electorales, habían alrededor de 127 mil personas en las cárceles, pero que al finalizar el 2023 esta cifra ya alcanzaba las 233 mil personas.


En octubre de 2021, Animal Político, en alianza con la organización Intersecta, publicó la investigación Prisión preventiva: el arma que encarcela pobres e inocentes donde se dio cuenta que en efecto el 70% de las personas a las que se les aplica la medida de prisión preventiva oficiosa o automática son personas de escasos recursos.

Artesanos, choferes, campesinos, pescadores, vendedores y comerciantes, quienes apenas cuentan con primaria o secundaria y que son acusadas de delitos menores como pequeños robos, son las principales víctimas de esta medida, situación que incluso evidencia el porqué no han bajado los niveles de violencia en el país pese a que hay más detenidos.

Más aún, la investigación reveló que las mujeres son las personas que han sido más perjudicadas por esta medida. Tan solo de 2019 a agosto de 2021 la tasa de mujeres en prisión preventiva sin sentencia, es decir que son inocentes, pasó de ser de 10.2 a 14.2 por cada 100 mil mujeres.

“Y sí, la verdad es que los datos muestran que está muy basado en el tema económico. O sea, en que uno tenga dinero para defenderse. A personas indígenas, personas sin recursos, migrantes, con baja escolaridad, les afecta más”, señala.

Ahora, Tapia asegura que incrementar los delitos de extorsión y narcomenudeo también puede permitir que las policías y las fiscalías acusen a cualquier persona, no precisamente la responsable, de la comisión de estos delitos que suelen ser las más utilizadas para fabricar delitos.

“La extorsión es un típico delito usado para fabricar culpables en detención de flagrancias; es decir, cuando supuestamente se detiene a la persona cometiendo el delito, porque lo que suele decir la policía “es que me ofreció dinero para que no lo detuviera” y con eso le clavan la extorsión”, señala.


Narcomenudeo, extorsión y defraudación fiscal, los delitos en los que falló la 4T
Tanto la iniciativa del presidente López Obrador como el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados propone que al artículo 19 de la Constitución se le sumen los delitos de extorsión, narcomenudeo y delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de drogas sintéticas, como el fentanilo y sus derivados.

Sin embargo, Tapia señala que se trata de delitos en los que falló la política de seguridad de la autodenominada Cuarta Transformación, cuya integración a la lista de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa no necesariamente se traduce en que estos delitos vayan a disminuir.

“Agrega extorsión porque evidentemente es el delito en el que ha fracasado la política de seguridad, es un delito que se ha multiplicado, y agrega también el narcomenudeo, agrega el tema de distribución de drogas sintéticas como el fentanilo”, señala.

En efecto, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), mientras que en 2019 por el delito de narcomenudeo había 70 mil 274 carpetas de investigación (una tasa de 55.52 por cada 100 mil habitantes), para el cierre de 2023 este número incrementó hasta llegar a 90 mil 071 carpetas (una tasa de 68.64 por cada 100 mil habitantes.


Respecto al delito de extorsión, también hubo un aumento considerable, al pasar de 8 mil 734 carpetas de investigación (tasa de 6.90 por cada 100 mil habitantes) en 2019 a 10 mil 337 (tasa 7.88 por cada 100 mil habitantes) para finales de 2023.

Por si fuera poco, tanto el presidente como el partido de Morena y sus aliados buscan sumar los delitos de defraudación fiscal, contrabando, expedición, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales, incluidas facturas, que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados en los términos fijados por la ley.

Esto, pese a que en octubre de 2021, la Suprema Corte invalidó, por mayoría de 8 votos, la prisión preventiva oficiosa para los delitos de contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas, luego de que legisladores de Morena intentaran introducirlas via leyes secundarias, lo que resultaba inconstitucional.


Diputados aprueban candado para evitar que jueces y ministros eviten aplicación de prisión automática
En el dictamen para reformar el artículo 19 de la Constitución también se incluye un candado para que ni los jueces ni los magistrados ni los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puedan evitar la aplicación de la prisión automática en los delitos que agregaron.

En un principio el proyecto solo proponía ampliar el catálogo de delitos a los que se puede aplicar esta medida cautelar, pero de última hora los morenistas y sus aliados también aprobaron una reserva para que los juzgados y la Corte no frenen su aplicación.

“Para la interpretación y aplicación de las normas previas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea manera total o parcial”.

De esta forma, el dictamen aprobado por Morena contradice sentencias que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) ha emitido contra México. En noviembre de 2022 y enero de 2023, ese organismo internacional ordenó a nuestro país hacer cambios a la prisión preventiva oficiosa, al considerar que vulnera los derechos de las personas.

Luego de que Morena presentó la reserva, el morenista Juan Ramiro Robledo expuso que este añadido al dictamen tiene el objetivo de que ni la Corte ni los jueces recurran a interpretaciones, convenios o sentencias internacionales para que ordenen la no aplicación de la prisión preventiva oficiosa.

“¿Qué es lo que se propone aquí? Evitar lo que trató de hacer la Suprema Corte dos veces, brincarse al Congreso de la Unión para que, ante una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ordenar desaplicar el segundo párrafo del artículo 19”, expresó Juan Ramiro Robledo, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales.

Con información de Alexis Ortiz










Por: Alfredo Maza

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