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Se incumplió con Ley de Protección de Datos en uso de software Pegasus: INAI.
La Fiscalía General de la República (FGR) tendrá que determinar si los servidores públicos a cargo de la operación de dicho software incurrieron en responsabilidades administrativas, instruyó el INAI
Miércoles 20 de Febrero de 2019
Por: Excelsior
Foto: INAI
Ciudad de México.- A un año y ocho meses de que el diario estadounidense The New York Times revelara una campaña de espionaje, presuntamente cometida durante la administración de Enrique Peña Nieto, a través del software Pegasus, contra periodistas, activistas y defensores de los derechos humanos, la Fiscalía General de la República (FGR) tendrá que determinar si los servidores públicos a cargo de la operación de dicho software incurrieron en responsabilidades administrativas, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Además, la Fiscalía deberá acreditar que el software ha sido desinstalado del equipo que posee la Unidad de Investigaciones Cibernéticas y Operaciones Tecnológicas de la Agencia de Investigación Criminal y de cualquier otro equipo del sujeto obligado.

Asimismo, el INAI dará vista al Ministerio Público de la Federación por la probable comisión de delitos por la celebración de los contratos de 2016 y 2017 para la actualización de la licencia de uso del sistema Pegasus, a efecto de que en el ámbito de su competencia determine lo que en derecho corresponda.

Y se notificará a la Auditoría Superior de la Federación, para que emita la resolución a que haya lugar en la esfera de sus atribuciones, con motivo de dichos contratos.

Tras concluir el proceso de verificación, que inició de oficio en noviembre de 2018, el INAI determinó que la entonces Procuraduría General de la República (PGR) incumplió con el deber de seguridad y el principio de responsabilidad, previstos en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

Lo anterior, debido a que se carecía de una bitácora de uso respecto del tratamiento de datos personales vinculado con el software Pegasus, el cual preveía la recolección de datos personales y la generación de bases y aplicaciones para su almacenamiento.

Además de no acreditar que contaba con un sistema de gestión y con un documento de seguridad; así como haber llevado a cabo el borrado seguro del sistema en comento, tras su desinstalación.

Bajo estas consideraciones, y luego de que la dependencia manifestó que actualmente ya no tiene instalado el software, el Pleno del INAI instruyó a la Fiscalía General de la República implementar las siguientes medidas:

-Precisar las políticas, métodos y técnicas que dan cuenta de la desinstalación del software, considerando la irreversibilidad, seguridad y confidencialidad; así como, acreditar fehacientemente que no es factible instalar nuevamente el software adquirido en algún equipo en posesión de la ahora Fiscalía General.

-La Fiscalía deberá remitir al Instituto los documentos con los que compruebe haber comunicado a sus unidades administrativas que desarrollan actividades sustantivas de investigación criminal, la necesidad de adoptar las medidas mencionadas en la operación de todos y cada uno de los sistemas que impliquen el tratamiento de datos personales.

-La Fiscalía General de la República publicar en su portal y en la Plataforma Nacional de Transparencia, versión pública de los contratos celebrados en 2016 y 2017, para la actualización de la licencia de uso del software.

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