El PRI y Omar Fayad incurrieron en delito electoral: Tribunal. | ||||||
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación consideró que el gobernador de Hidalgo, Omar Fayad Meneses violentó el artículo 134 constitucional por haber contratado publicidad en redes sociales | ||||||
Jueves 12 de Julio de 2018 | ||||||
Por: jornada.unam.mx | ||||||
Al resolver un recurso promovido por el PAN en contra del mandatario hidalguense, los magistrados coincidieron en que Fayad Meneses rompió las reglas de equidad a la que están obligados los funcionarios públicos para no contratar publicidad ni pronunciarse a favor o en contra de un candidato, porque eso violenta la neutralidad con que se deben ejercer los recursos públicos. Por tanto, dio vista al congreso del estado para que proceda en consecuencia a sancionar al funcionario. Por otro lado, la Sala Especialziada encontró responsable al PRI de uso indebido de la pauta para difundir promocionales en radio y televisión en el que se reproduce la intervención de su candidato presidencial José Antonio Meade acusando a la ahora senadora electa, Nestóra Salgado de secuestradora. Los magistrados encontraron que el PRI incurrió en calumnia en contra de Salgado por lo que se le impuso una multa de 322 mil pesos. Por otro lado los magistrados de la Sala Especializada exoneraron al ex candidato presidencial de Por México al Frente, Ricardo Anaya de haber incurrido en calumnia en contra del empresa José María Ríoboo, a quien acusó de tener trato privilegiado por parte del gobierno de al Ciudad de México durante la gestión de Andrés Manuel López Obrador. Al resolver un recurso promovido por Rioboo se determinó que los cuestionamientos realizados por Anaya durante el tercer debate entre candidatos presidenciales efectuado en Mérida, Yucatán, no se incurrió en calumnia, en la medida en que no se imputó ningún acto de corrupción. |
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