SEGÚN LA definición de República representativa, democrática, federal y laica en la que se circunscriben los Estados Unidos Mexicanos (o el País), el gobierno federal, denominado constitucionalmente como el Supremo Poder de la Unión está integrado por tres poderes en los que, de acuerdo a la ley, el Legislativo, Ejecutivo y Judicial son ejercidos por órganos de gobierno distintos, autónomos e independientes entre sí, basados en un principio ideado por Charles Louis de Secondat, señor de la Brède y barón de Montesquieu quien argumentaba que: “Todo hombre que tiene poder se inclina a abusar del mismo, y para que no se pueda abusar del poder hace falta que, por la disposición de las cosas, el poder detenga al poder”. De esa manera se confía la vigilancia de los tres poderes entre ellos mismos, ya que cada uno vigila, controla y detiene los excesos de los otros para impedir, por propia ambición, que alguno de ellos predomine sobre los demás, lo cual puede contrastarse con la fusión de poderes y separación de funciones en los sistemas parlamentarios donde el Ejecutivo y la Legislatura están unificados debido a que el Legislativo nombra al Ejecutivo, pero no es el caso (jurídicamente) de México, donde la separación y autonomía deberían dar paso al equilibrio de poderes que conforman al Estado, lo que garantizaría la libertad política y evitaría los abusos de poder mediante la vigilancia y control recíproco y efectivo de los poderes separados.
PERO EN México nunca ha sido así. Los poderes Legislativo y Judicial se someten al Ejecutivo y la razón es algo que no tiene desperdicio: dicen que quien parte y reparte se queda con la mayor parte, y el Poder Ejecutivo es quien distribuye el dinero, esto es, el que capta los recursos mediante las Secretarías de Hacienda o Finanzas y, posteriormente los reparte no a partir de las necesidades de esas instancias sino del nivel de sometimiento de cada cual. El Ejecutivo, como su nombre lo indica, ejecuta, pero hay una extralimitación de facultades que rebasan su ámbito, y en ese tenor, avasalla por dinero y aspiraciones personales a diputados y magistrados, pues no es secreto que legisladores en turno buscan agradar al gobernante tratando de escalar al siguiente peldaño cuando terminen la gestión que ejercen, y eso solo es posible agradando al Presidente de la República o al Gobernador en turno, y lo mismo sucede con magistrados.
EN MEXICO, por lo tanto, no hay una verdadera separación y equilibrio de poderes, y actualmente se observa cuando en la Constitución se establece que sea el Gobernador quien proponga a los futuros magistrados, cuando eso debería ser facultad del Consejo de la Judicatura en coordinación con Asociaciones, Colegios y Barras de Abogados tomando en consideración la experiencia de jueces o jurisconsultos que han demostrado capacidades y, por tanto, su talento, entrega y profesionalismo deben ser tomados en cuenta ya que de lo contrario el gobernante en turno solo recomienda a personajes afines que le sirvan desde el Poder Judicial, sin formación ni oficio como juristas, entorpeciendo la aplicación de la justicia. Tal vez por ello una reforma constitucional debería quitar esa facultad a los Gobernadores, más aun cuando existen casos como el actual de Veracruz que desconoce por completo la actividad del Poder Judicial, y solo es usado por quienes buscan un beneficio, como ocurrió con la destitución del Fiscal Jorge Winckler Ortiz y el ascenso de Verónica Hernández Giadáns que, a decir verdad, se desconocen sus logros o alcances, porque la formaron como a las palomitas de maíz: la metieron tres minutos al microondas y ya estaba lista.
EL PODER Legislativo es distinto porque, se supone, los diputados son parte de una elección abierta, razón por la cual las posiciones plurinominales deberían desaparecer ya que suelen llegar sin esfuerzo y, de esa manera, se tornan camaleones como la priista Erika Ayala Ríos, quien a cambio de no ser enjuiciada por los 150 aviadores que le detectaron en el Colegio de Bachilleres del Estado (COBAEV), entre otros, su hijo menor de edad, Bryan Alexis Juan Ayala, asignado a la Administración Central con sueldo de 27 mil 519 pesos, se ha sometido al voluntarismo de la Cuarta Transformación, además de otros ya mencionados en este mismo espacio. Es como el “plata o plomo” de la delincuencia organizada, o el “estás conmigo o estás contra mí” de los gobiernos autoritarios, que al fin y al cabo, si algo le sobra a los políticos es un apéndice trasero llamado cola. Y aunque el Legislativo debería ejercer su autonomía, no puede porque bajo las órdenes del Ejecutivo se encuentra, paralelamente, una instancia llamada Fiscalía General de la República o Fiscalías Estatales que no es otra cosa que un órgano coercitivo para imponer caprichos o someter no solo a un personaje sino a sus familiares y amigos. Te calmas porque te calmas.
EN UNA Monarquía constitucional, el derecho divino, la tradición o la costumbre establece la legitimidad política del gobierno del Monarca, pero en una República constitucional, el sufragio directo de los ciudadanos establece la legitimidad política del gobierno del Presidente. Los miembros de la Legislatura resultan de otras elecciones directas, y aunque usualmente el Poder Judicial no está separado del Ejecutivo y Legislativo, debería mantener su independencia mediante la autonomía presupuestaria, la estabilidad de los jueces en sus empleos y un salario que no se reduce mientras permanezcan en funciones, algo que en México fue abolido mediante una Ley de Austeridad que determinó que nadie podía ganar más que el mandatario nacional, olvidando el Congreso de la Unión que el Judicial y el Legislativo son poderes distintos, y que el Presidente solo debió establecer lo anterior entre los funcionarios del Ejecutivo y no en los tres poderes.
DOS CONDICIONES son esenciales para la independencia absoluta de los poderes. La primera, que la fuente de donde ellos emanan sea una; la segunda, que ejerzan todos, unos sobre otros, una vigilancia recíproca. El pueblo no será soberano si uno de los poderes constituidos que le representan no emanase inmediatamente de él; y no habría independencia, si uno de ellos fuera el creador del otro. Dar, por ejemplo, al Cuerpo Legislativo el derecho de nombrar a los miembros del Poder Ejecutivo ejercerá sobre ellos una funesta influencia, y la libertad política ya no existiría. Si nombra a los jueces, influiría en los juicios y no habría libertad civil. Urge por tanto, una auténtica separación y autonomía de poderes, y que el Ejecutivo se limite a sus alcances constitucionales. Así de simple. OPINA carjesus30@hotmail.com
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