El ámbito de la Marina Mercante Nacional es un ominoso exponente de entreguismo a grupos extranjeros, en flagrante desacato a preceptos constitucionales, los malos políticos, émulos de Santana, anuncian con alegría que la época del paternalismo económico se terminó, que el empresario mexicano debe prepararse para luchar contra empresas extranjeras de cualquier parte del mundo, presentan el paternalismo como una nefasta actitud de los gobiernos mexicanos que nos ha impedido crecer en el ámbito económico por incapacidad para producir, todo por causa de leyes proteccionistas que causan infantilismo empresarial.
Los EE:UU: son presentados como arquetipo de nación, en que sus empresarios demuestran cómo es posible crecer por la vía de la libre empresa y bestial competencia en todos los ámbitos, estos aduladores y panegiristas del empresario norteamericano, ignoran que nuestros vecinos para impulsar su marina mercante, elaboraron una legislación proteccionista de lo nacional, el acta Jones de 1920, llamada así en homenaje a su patrocinador, el senador de Carolina del Norte Wesley Jones, esta acta, vigente hasta la fecha, es defendida encarnizadamente por los armadores, Gringos sintetizadamente establece que:
“cualquier carga embarcada de un puerto de los Estados Unidos a otro de la misma nación, debe ser transportada por un barco construido y registrado en los EE.UU., propiedad de ciudadanos norteamericanos y con tripulación estadounidense”.
Después de leer esta porción del acta Jones, el enunciado en nuestro artículo 32 constitucional, pierde el sentido crítico que le endilgan los vende patrias entreguistas, accesoriamente dice: “Para pertenecer al activo del ejército en tiempos de paz y al de la armada o al de la fuerza aérea en todo momento, o desempeñar cualquier cargo o comisión en ellos, se requiere ser mexicano por nacimiento. El mismo art. 32, establece “Esta misma calidad será indispensable en capitanes, pilotos, patrones, maquinistas y, de una manera general, para todo el personal que tripule cualquier embarcación o aeronave que se ampare con la bandera o insignia mercante mexicana”.
La porción más criticada y por desgracia casi nunca respetada es la que se establece en el art. 32, donde sentencia: “Los mexicanos serán preferidos a los extranjeros en igualdad de circunstancias, para toda clase de concesiones y para todos los empleos, cargos y comisiones de gobierno en que no sea indispensable la calidad de ciudadano”
Eso establece nuestra Constitución, por desgracia, además de haberse cambiado algunas partes de su contenido para favorecer a grupos extranjeros, en lo aplicable, vemos con rabia que no se aplica apegado al texto vigente no por ser inaplicable, es que no se respeta, vemos con tristeza e indignación como los extranjeros medran a expensas de los recursos nacionales considerados para explotación y beneficio de los mexicanos, ni modo, eso es México y esos son nuestros gobernantes. ¡AGUAS!
Octubre 10 del 2019 lmwolf1932@gmail.com Luis Martínez Wolf |
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